Si debía en Coopeservidores, que no lo engañen: Crédito tiene que pagarlo en el Popular
Aseguran que no aplica compensación alguna
Los créditos otorgados por Coopeservidores R.L. que fueron absorbidos por el Banco Popular (BP) deben ser cancelados en su totalidad por los deudores.
La Administración del Proceso de Resolución de la cooperativa y la entidad bancaria hicieron la aclaración este viernes en un comunicado de prensa suscrito de forma conjunta, tras información que ha circulado en redes sociales en la que se afirma que tales obligaciones pueden ser compensadas con los aportes de capital social de los afiliados a la cooperativa.
"En consecuencia, el Banco Popular y de Desarrollo Comunal no puede compensar una deuda originada en un crédito que adquirió como parte de la cartera que conforma el banco bueno, contra un capital social que fue absorbido totalmente por las pérdidas de la cooperativa y cuya retribución a los ahorrantes quedará a la expectativa de las resultados del fideicomiso que administrará otra entidad. Por consiguiente, los créditos deben cancelarse en su totalidad por parte de los deudores sin compensación alguna", se señala en la nota.
La Administración del Proceso de Resolución de la cooperativa y el BP recordaron que como consecuencia de la inviabilidad de Coopeservidores, debido a su insolvencia financiera, las pérdidas estimadas consumieron la totalidad del capital social.
"Por lo que no se estima que de las aportaciones de capital se reconozca algún pago", reiteraron.
Explicaron que los asociados de la cooperativa que aportaron capital social quedarán como beneficiarios en el fideicomiso que se constituya para que administre los demás activos que conforman lo que se conoce como
el "banco malo", con la finalidad de lograr alguna recuperación adicional para los acreedores afectados en primera instancia, y solamente en caso de obtener algún remanente, se procedería con la recuperación de los aportes de capital social.
"Debe quedar claro que las aportaciones que conforman el capital social no forman parte del "banco bueno" que adquirió el Banco Popular y de Desarrollo Comunal, por lo que de ninguna manera podría proceder compensación alguna", insistieron.
Mencionaron que la justificación legal de ello se establece en los artículos 31 y 70 de la Ley de Asociaciones Cooperativas.
El Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif) ordenó el proceso de resolución de Coopeservidores, que implica el cese de sus operaciones, tras determinar su inviabilidad financiera.
