Rige salario global transitorio para nuevas contrataciones del Estado
(CRHoy.com) -Desde hoy rige el salario global transitorio para las nuevas contrataciones de funcionarios públicos que realice el Estado.
Así lo anunció este viernes la ministra de Planificación Nacional y Política Económica, Laura Fernández, al referirse a la entrada en vigencia de la Ley Marco de Empleo Público.
El salario global transitorio se aplicará por un plazo de seis meses en las nuevas contrataciones de personal, según las siete familias de puestos, que hagan las instituciones públicas que están en el ámbito de cobertura de la Ley Marco de Empleo Público.
Fernández explicó que las nuevas escalas del salario global transitorio se formularon sobre la base de puntos que contempla cada puesto que maneja el Servicio Civil. Es decir, se tomaron en cuenta aspectos como el sueldo base de ingreso, la experiencia requerida, el grado académico y otros elementos.
Las escalas del salario global transitorio fueron publicadas este viernes en una directriz del Ministerio de Planificación Nacional y de Política Económica (Mideplán) en el diario oficial La Gaceta.
La jerarca detalló que el modelo del salario global definitivo se implementará en un plazo no mayor a seis meses.
"Hoy fueron publicados, mediante directriz de Mideplán, los salarios globales transitorios, que es la modalidad de pago para las nuevas contrataciones que realice el sector público. Atrás quedó el modelo de pluses salariales", dijo.
Con la implementación de la Ley Marco de Empleo Público, la Administración Pública abandonó el modelo de salario compuesto, es decir, una base salarial más incentivos.
Las siete familias de puestos que establece la nueva normativa son las siguientes:
La Ley Marco de Empleo Público cubre a los servidores públicos de las siguientes entidades y órganos, bajo el principio de Estado como patrono único:
- Los poderes de la República (Ejecutivo, Legislativo y Judicial), sus órganos auxiliares y adscritos, y el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE).
- El sector público descentralizado conformado por las instituciones autónomas y sus órganos adscritos, incluyendo a las universidades estatales y la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), instituciones semiautónomas y sus órganos adscritos, y las empresas públicas estatales.
- El sector público descentralizado conformado por las municipalidades, las ligas de municipalidades, los concejos municipales de distrito y sus empresas.

