Primer pago parcial de renta debe hacerse antes del 30 de junio
Contribuyentes deberán cancelar intereses, si no lo hacen antes de esa fecha
(CRHoy.com) -Los contribuyentes inscritos en el Régimen Tradicional deberán realizar el primer pago parcial del Impuesto sobre la Renta del periodo 2023 antes del próximo 30 de junio.
Esto, sin cancelar intereses o multas a la Administración Tributaria.
Alberto Porras, socio director de la firma Baker Tilly Costa Rica, explicó que los pagos parciales son adelantos obligatorios del Impuesto sobre la Renta que se realizan durante el período fiscal. Este pago se establece en el artículo 22 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Añadió que los pagos parciales tienen la finalidad de que, al cierre del período fiscal, el monto a cancelar por la determinación del tributo tenga un impacto menor para el flujo de caja del contribuyente. Esto, debido a que no sería lo mismo realizar la cancelación del Impuesto sobre la Renta en un sólo pago, que estar pagando el impuesto en tractos.
Porras comentó que el primer pago parcial de 2023 se realiza mediante conectividad, es decir, a través de las plataformas de los bancos públicos o privados del sistema financiero nacional. También los contribuyentes pueden acercarse de forma presencial a las ventanillas de los bancos.
Cálculo
El Ministerio de Hacienda es el encargado de calcular el monto correspondiente al pago parcial. No obstante, es importante que los contribuyentes sepan cómo se determina este para corroborar que el monto que señalan las autoridades esté correcto.
"Lo primero que debe de hacer el contribuyente es tener a la mano las declaraciones del Impuesto Sobre la Renta D-101 de los periodos fiscales 2020, 2021 y 2022. De cada periodo fiscal debe tomar el monto del impuesto pagado, el cual se encuentra en la casilla '47 – Impuesto Sobre la Renta' de la declaración D-101. El contribuyente debe sumar los tres montos y dividir el resultado entre tres. De este cálculo es que se obtiene el promedio de los tres últimos períodos fiscales", explicó Porras.
Agregó que "una vez calculado el promedio, se debe comparar con el monto del impuesto determinado en el año inmediato anterior, en este caso 2022. De ambos montos, se debe seleccionar el que sea mayor. Una vez determinado el monto mayor, el 75% de ese monto deberá fraccionarse en tres cuotas iguales. Ese será el monto que corresponden a los pagos parciales, tanto en junio como los siguientes".
En total, son tres pagos parciales que se deben realizar durante el período fiscal. El primero se efectúa en junio de cada año. El segundo en setiembre y el tercero en diciembre. En las tres fechas, el monto a cancelar es el mismo.
El pago parcial se calcula basado en los últimos tres períodos fiscales. No obstante, si el contribuyente solo operó, por ejemplo, en 2021 y 2022, el promedio se deberá calcular entre esos períodos únicamente.
Porras recordó que en caso de que el contribuyente no realice la liquidación del primer pago parcial antes del 30 de junio, inclusive, se acumularán intereses mensuales. Esto se aplica, aunque cancele la totalidad del Impuesto sobre la Renta en un solo pago en marzo de 2024, fecha en que se cancela el monto final del tributo del período 2023
"El Ministerio de Hacienda aplicará intereses por cada pago parcial que no se hizo. Debido a ello, el contribuyente terminará pagando más de la cuenta. Además, en la Consulta Pública Tributaria aparecerá como moroso por los intereses de los pagos parciales del Impuesto Sobre la Renta", detalló.

