Plazo para pagar el impuesto solidario vence este jueves 15 de enero
El plazo para pagar sin recargo el Impuesto Solidario para el Fortalecimiento de los Programas de Vivienda vence este jueves 15 de enero.
Según informó el Ministerio de Hacienda, este tributo deben pagarlo aquellas personas que cuentan con propiedades de uso habitacional, ocasional o de recreo, cuyo valor de la construcción y de las instalaciones fijas y permanentes supere los ¢143 millones.
El monto indicado anteriormente se actualiza con base en el Índice de Precios al Consumidor (IPC), que calcula el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC).
La declaración se presenta cada tres años en la Oficina Virtual (OVi) de TRIBU-CR y el pago se efectúa anualmente en la misma plataforma.
Si la persona adquirió su casa en 2025 y el valor se encuentra sujeto al pago del impuesto, debe presentar el formulario D-174, Declaración Jurada del Impuesto Solidario, disponible en la OVi.
Para calcular el impuesto se deben aplicar los siguientes tramos:
- Hasta ¢359.000.000: tarifa del 0,25 %.
- Sobre el exceso de ¢359.000.000 y hasta ¢720.000.000: tarifa del 0,30 %.
- Sobre el exceso de ¢720.000.000 y hasta ¢1.081.000.000: tarifa del 0,35 %.
- Sobre el exceso de ¢1.081.000.000 y hasta ¢1.443.000.000: tarifa del 0,40 %.
- Sobre el exceso de ¢1.443.000.000 y hasta ¢1.800.000.000: tarifa del 0,45 %.
- Sobre el exceso de ¢1.800.000.000 y hasta ¢2.162.000.000: tarifa del 0,50 %.
- Sobre el exceso de ¢2.162.000.000: tarifa del 0,55 %.
Para facilitar el pago de este impuesto, la Administración Tributaria pone a disposición los siguientes medios:
- Servicio en línea: con solo digitar una cuenta IBAN en la OVi.
- Atención en las ventanillas de todas las sucursales del Banco de Costa Rica (BCR) y del BAC.
Quienes no cumplan con la declaración y el pago oportuno de este impuesto se exponen a las sanciones establecidas en el Código de Normas y Procedimientos Tributarios.
Para acceder a más información, ingrese a la página web del Ministerio de Hacienda, en la Oficina Virtual (OVi), sección "Información de impuestos administrados por la DGT".
