No todas las exportaciones ticas estarán sujetas al arancel del 12,5 % de EE. UU.
El arancel que el Gobierno de Estados Unidos estableció para las exportaciones, que en el caso de Costa Rica será de un 12, 5%, no incluye a todos los productos, según la Cámara de Comercio Exterior de Costa Rica y de Representantes de Casas Extranjeras (Crecex).
Según informó, el Gobierno de Estados Unidos aclaró que la nueva tarifa no se suma al recargo temporal anterior del 10 % y que mantiene una lista de productos exentos.
La organización señaló que el alcance de la medida debe evaluarse con precisión, ya que contempla una amplia lista de exclusiones y condiciones específicas de aplicación. Por ello, el impacto variará según el producto y su clasificación arancelaria, por lo que no todas las exportaciones costarricenses estarán sujetas al nuevo arancel.
Exclusiones
Algunos de los productos exentos de la medida arancelaria son los siguientes:
- Alimentos: carne bovina; tomates; yuca y otros tubérculos seleccionados; banano y plátano; piña; aguacate; mango, guayaba y otros frutos seleccionados; papaya; café; determinados tipos de azúcar; cacao y derivados primarios; determinadas preparaciones y jugos de frutas.
- Minerales, energía, químicos y fertilizantes: amplia lista de minerales, combustibles y productos energéticos, insumos químicos seleccionados y fertilizantes.
- Productos farmacéuticos e insumos para aplicaciones farmacéuticas.
- Tecnología y determinados productos electrónicos: equipos automáticos para el procesamiento de datos y sus partes; determinados teléfonos y equipos de transmisión; soportes y pantallas seleccionadas; diodos, transistores, circuitos integrados y otros semiconductores.
- Bienes cubiertos por medidas sectoriales: aluminio, acero, cobre y sus derivados; vehículos y partes; determinados productos de madera; vehículos medianos y pesados; semiconductores.
- Textiles y prendas de vestir.
El nuevo arancel entró en vigor a las 12:01 a. m. (hora del Este de Estados Unidos) del 24 de julio de 2026, momento en el que también expiró el recargo temporal del 10 % que estuvo vigente durante 150 días. En consecuencia, para los productos que continúan dentro del alcance de la medida, el incremento efectivo es de 2,5 puntos porcentuales y no de 22,5 %, como erróneamente podría interpretarse.
"Este es un momento para actuar con serenidad, pero también con sentido de urgencia. El sector productivo necesita claridad sobre las líneas efectivamente afectadas, los costos reales y las alternativas de acción. No conviene sobredimensionar el impacto, pero tampoco minimizar una medida que puede incidir en la competitividad de sectores de alto valor y en las decisiones de abastecimiento de los compradores estadounidenses", dijo Rodney Salazar, presidente de la Cámara de Comercio Exterior.
