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Esta es la Canasta Básica Tributaria propuesta por el MEIC

Entre los artículos considerados se encuentran frutas, galletas y carnes

Por Andrey Villegas | 27 de Sep. 2022 | 9:16 pm

(CRHoy.com).-El Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) ya envió a consulta pública la "Reglamentación de lista de bienes que conforman la canasta básica tributaria por el bienestar integral de las familias (CBTBIF)".

La lista salió a consulta este martes y permitiría que se ajuste cuáles productos integran la canasta básica tributaria y, por tanto, deban pagar un impuesto al valor agregado (IVA) del 1% en lugar del 13%.

El artículo 1 del decreto ejecutivo explica que la lista de bienes está compuesta por criterios técnicos en la selección de alimentos para que se garantice una dieta balanceada para la población, así como productos de limpieza e higiene personal y artículos escolares.

Artículo 1. Este reglamento regula la lista de bienes que conforma la CBTBIF, compuesta por criterios técnicos de selección de alimentos, componentes nutricionales de todos los grupos alimenticios, productos y artículos, que resguarden los ingresos y gastos de los hogares de los primeros tres deciles de ingreso económico, garantizando una dieta balanceada. Además, se incluirán productos de limpieza, higiene personal y los artículos escolares.

Entre los productos que se encuentran en la lista están:

  • Cereales, arroces, harinas y pastas alimenticias -no incluye el arroz-. 
  • Panes, tortillas, repostería y galletas.
  • Huevos y carne de pollo, res y cerdo.
  • Leche.
  • Embutidos.
  • Aceites, margarinas y otras grasas.
  • Pescado y atún.
  • Frutas
  • Semillas
  • Vegetales leguminosas, tubérculos y hortalizas.
  • Azúcar.
  • Jaleas y gelatinas.
  • Condimentos y similares.
  • Aderezos y salsas.
  • Productos para preparar bebidas diversas.
  • Artículos para higiene y limpieza personal.
  • Bienes de cuidado del hogar
  • Artículos escolares

Los productos que forman parte de la canasta básica tributaria tienen un IVA del 1%, esto con la finalidad de hacerlo más accesible para la población, en lugar de la tarifa general de Impuesto de Valor Agregado del 13%.

De aprobarse la consulta pública se derogaría el decreto ejecutivo N.º 41615-MEIC-H de fecha 13 de marzo de 2019, denominado "Reglamento de canasta básica Tributaria" y sus reformas.

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