Logo

Diputados dejaron en firme proyecto sobre estafas electrónicas: Bancos y Sugef cuestionan estos puntos

Por Alexánder Ramírez | 5 de Mar. 2026 | 2:31 am

Imagen con fines ilustrativos. (CRH).

La Asamblea Legislativa dejó en firme anoche el controvertido proyecto de ley sobre estafas electrónicas contra clientes de entidades financieras de Costa Rica.

La iniciativa, denominada "Ley de protección a los consumidores en la custodia de su dinero que administra cualquier entidad financiera en Costa Rica", recibió su segundo debate por parte de la Comisión con Potestad Legislativa Plena III, con 14 votos a favor.

Aunque el propósito de la normativa es proteger a los consumidores financieros frente a fraudes electrónicos, bancos y entidades financieras, así como la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef), han advertido que ese objetivo no se alcanzará y que, por el contrario, impactaría negativamente tanto a las entidades financieras como a sus clientes.

Los elementos más relevantes de la nueva normativa son los siguientes:

  • Obliga a las entidades financieras —públicas y privadas— a responder por el dinero sustraído mediante fraude.
  • Invierte la carga de la prueba a favor de la víctima.
  • Establece mecanismos para investigar y devolver los montos afectados, así como la posibilidad de acudir a la vía judicial tras la sustracción de los recursos de las cuentas bancarias.
  • Le asigna nuevas funciones a la Sugef.

Desequilibrio

Tanto la Asociación Bancaria Costarricense (ABC) como la Cámara de Bancos e Instituciones Financieras de Costa Rica (CBF) han emitido, con mayor o menor intensidad, alertas sobre las implicaciones negativas de la nueva normativa.

En una primera línea de cuestionamientos, la ABC ha argumentado que la ley está lejos de resolver el problema del crimen organizado en torno a los fraudes electrónicos contra clientes de entidades financieras y que los diputados no atendieron criterios técnicos para solucionar integralmente este problema, pues no establece responsabilidades para quienes cometen ese delito.

Tampoco contiene elementos que permitan precisar mejor los supuestos en los que corresponde o no una indemnización, fortalecer la seguridad jurídica del régimen y asegurar un balance adecuado entre la protección efectiva de los usuarios y los principios de justicia y razonabilidad que deben regir cualquier esquema de responsabilidad.

Sin embargo, sí establece un principio de responsabilidad para las entidades financieras en la custodia de los recursos de sus clientes.

Encarecimiento

Por su parte, la CBF ha advertido que trasladar de manera amplia o prácticamente automática la responsabilidad económica a las entidades financieras no desarticula esas redes criminales ni fortalece la persecución penal, que es donde debe concentrarse el esfuerzo principal del Estado.

Además, ha puntualizado lo siguiente:

  • Imponer una responsabilidad económica amplia y automática sobre las entidades financieras se traduce en mayores costos operativos y en mayores provisiones de riesgo. Estos costos terminan impactando el precio de los servicios financieros, lo que afectaría directamente a los clientes del Sistema Financiero Nacional. Entre los posibles efectos destacan el incremento en comisiones y cargos, mayores exigencias para el otorgamiento de crédito y presiones al alza en las tasas de interés como mecanismo para compensar el mayor riesgo regulatorio asumido por las entidades financieras.
  • Cuando el acceso al crédito formal se encarece, existe el riesgo de que muchas personas, especialmente aquellas con menor capacidad económica, se vean empujadas hacia prestamistas informales y otros mecanismos peligrosos.

Riesgos

La Sugef señaló que detectó graves problemas en el texto aprobado que no permitirían proteger a los clientes de entidades financieras frente a estafas electrónicas.

Entre los principales riesgos identificó los siguientes:

  • Traslada las disputas a un mecanismo que puede terminar en tribunales. Pretende que la Sugef «valide», en plazos muy reducidos, casos complejos con base en expedientes técnicos elaborados por las entidades financieras, sin establecer un procedimiento claro que garantice un contraste adecuado de las posiciones de ambas partes y de la evidencia correspondiente.
  • Desnaturaliza el rol de la Superintendencia y tensiona garantías básicas. La institución recordó que la Sugef es un ente supervisor prudencial, responsable de velar por la estabilidad y solvencia del sistema financiero. Sin embargo, advirtió que la normativa le asigna funciones propias de un tribunal o de una instancia de resolución de controversias caso por caso, lo cual es incompatible con las funciones que tiene asignadas por ley.
  • La normativa promueve una ilusión de seguridad que podría no materializarse, debido a su inviabilidad operativa y a los riesgos legales que plantea. Esto podría traducirse en una ley inoperante en la práctica, alejándose de una protección efectiva para los usuarios.
  • Contraviene el marco institucional vigente. Se le asignan a la Sugef competencias regulatorias que corresponden al Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif) y atribuciones en materia de controversias individuales que son propias de instancias judiciales.

La Sugef incluso había recomendó suspender el avance de la iniciativa antes de su votación en segundo debate, consultarla ante la Sala Constitucional y corregir sus inconsistencias.

Comentarios
0 comentarios