Comex abre procesos contra 23 empresas por incumplir con informes de operaciones

Indiana Trejos, ministra de Comercio Exterior, y Laura Fernández, presidenta de la República. (CRH).

Indiana Trejos, ministra de Comercio Exterior, y Laura Fernández, presidenta de la República. (CRH).

El Ministerio de Comercio Exterior (Comex) abrió procedimientos administrativos contra 23 empresas beneficiarias de un régimen aduanero especial por incumplir con la presentación de informes anuales de sus operaciones correspondientes a los últimos tres años.

El acuerdo fue firmado por la titular de esa cartera, Indiana Trejos, el 9 de septiembre pasado, según se detalla en el diario oficial La Gaceta de este viernes.

La apertura de los procedimientos administrativos es contra empresas instaladas en el denominado Régimen de Perfeccionamiento Activo (RPA), el cual permite la importación de mercancías y materias primas al territorio nacional con la suspensión temporal de impuestos y aranceles, siempre que sean transformadas, reparadas o ensambladas para su posterior reexportación.

Las empresas contra las cuales se abrieron los expedientes son: Grupo Mayjo JTV S. A., Implastic S. A., Instalaciones Industriales M A & Asociados S. A., Guiselle Del Carmen Chacón Rodríguez, Calidad Textil Internacional Int C. T. I. S. A., Mecanizados Técnicos S. A., Modas Mariell de Heredia, Monoceros S. A., Geoproductos de Costa Rica S. A., HA Paper & Board Central América S. A.; Han Shuo S. A.; Industrias Atlanta Inatla S. A.; Industrias Textiles El Curú S. A.; Industrias Zona Trópico Ltda.; Inversiones Eduexpor S. A. e Inversiones Mora Kinch S. A.

Además, Irazú Electronics S. A., Lacure Corporate And Leisure S. A., Macaribe S. A., Machinary And Industrial Services Mys S. A., Manufacturera Wr Alajuela S. A., Mint Of Costa Rica S. A. y Lavon Von Wiellighle.

Según la resolución de Comex, la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (Procomer) informó que esas empresas incurrieron en el incumplimiento de la presentación de los informes anuales de operaciones correspondientes a los ejercicios fiscales con cierre al 31 de diciembre de 2023, 2024 y 2025. Este es uno de los requisitos para gozar de los beneficios del RPA.

Esto ocurrió a pesar de los apercibimientos correspondientes, notificados en las direcciones señaladas por las empresas en los respectivos expedientes. En todos los casos, se les concedió un plazo de 15 días hábiles y, posteriormente, un plazo final de 10 días hábiles para la presentación del informe anual de operaciones.

Las empresas se exponen a la aplicación de multas o a la cancelación de los beneficios que les concede el régimen.