Atención: Usted tiene tiempo hasta marzo para acogerse a la amnistía
Esta medida entró a regir con la aprobación de la Ley de Fortalecimiento de las Fianzas Públicas
La amnistía es la medida que entró a regir con la aprobación de la polémica Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, esta exige el pago total de los montos vencidos o deudas pendientes con el Ministerio de Hacienda pero exonera a los morosos de los intereses generados. Esta modalidad vence el 5 marzo de este 2019.
El porcentaje de la exoneración varía según el mes en el que usted realice el pago "Si usted pagó en diciembre la sanción se le redujo en un 80%, si paga este mes un 70% y si paga en febrero 60%. Si el contribuyente no puede pagar ya, puede gestionar un arreglo de pago. El arreglo de pago implica una reducción de la sanción en un 60% (el contribuyente pagaría solo el 40% de la sanción económica)" explicó Ronald Artavia Chavarría, presidente del Colegio Contadores Públicos de Costa Rica.
Las personas que pretendan realizar un tipo de arreglo de pago deben tener el aval o fianza de una entidad bancaria.
Por otra parte, Dunia Zamora, Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica aclaró algunos de los puntos que deben tomar en cuenta los contribuyentes que deseen apegarse a la amnistía tributaria, léalas a continuación:
- Ser sinceros y revisar si hay algún aspecto de su declaración que deba corregir. Consultar a su contador para llegar a determinar si efectivamente hay algo que rectificar.
- Si ya tiene un proceso abierto en Tributación o Tribunales de Justicia, valore con su contador y abogado la situación, los pros y contra.
- Si concluye que existen razones para acogerse, piense las implicaciones que puede tener en otras declaraciones o tributos, sean impuestos u otros.
- Haga números para saber cómo puede pagarlos, dado el caso. Recuerde que paga impuestos, no paga intereses y la sanción se rebaja de un 80% a un 40%, según la forma de pago y oportunidad.
