Alquileres en Airbnb y otras plataformas deben cumplir con el pago del IVA y renta
El Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica hizo un llamado a las personas físicas y jurídicas que ofrecen propiedades en alquiler mediante plataformas digitales —como Airbnb, Vrbo o Booking— a cumplir con las obligaciones tributarias vigentes en el país.
Esta obligación se establece en una resolución del Ministerio de Hacienda, que señala que quienes desarrollen esta actividad económica deben estar inscritos como contribuyentes tanto del impuesto sobre las utilidades como del impuesto al valor agregado (IVA).
Francisco Ovares, presidente del Colegio de Contadores Públicos, recordó que la inscripción ante la Dirección General de Tributación es obligatoria.
Explicó que el hecho de que una persona alquile una propiedad por días o semanas constituye una actividad generadora de ingresos gravables, por lo que debe inscribirse formalmente ante la Administración Tributaria. No se trata de una actividad informal.
Las personas que ofrezcan alquileres a través de estas plataformas deben cumplir con lo siguiente:
- Inscribirse ante la Administración Tributaria como persona física o jurídica.
- Activar correctamente la actividad económica correspondiente: «Otras actividades de alojamiento para estancias cortas».
- Emitir comprobantes electrónicos.
- Llevar registros contables de ingresos y gastos.
- Presentar declaraciones mensuales del IVA.
- Presentar la declaración del impuesto sobre las utilidades o de rentas de capital inmobiliario, según corresponda.
Las personas dedicadas a este tipo de servicio pueden pertenecer a dos regímenes:
Régimen de renta de capital inmobiliario
- Este es el régimen aplicable por defecto a actividades de alquiler.
- Declaración mensual.
- Tarifa efectiva del 12,75% sobre el ingreso bruto.
- Permite una reducción del 15% del ingreso bruto, sin necesidad de prueba alguna y sin posibilidad de ninguna otra deducción.
Régimen tradicional (impuesto sobre las utilidades)
- Debe contar con al menos un empleado reportado a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).
- Declaración anual.
- Puede deducir todos los gastos relacionados con la actividad lucrativa, pero es necesario el respaldo documental de estas deducciones (comprobantes electrónicos).
- Tarifas progresivas aplicadas sobre la renta neta (ingresos menos gastos), que pueden oscilar aproximadamente entre 5% y 30%, según el rango de ingresos del contribuyente y si está inscrito como persona física o jurídica.
Si el contribuyente quisiera trasladarse al régimen tradicional, debe demostrar que desarrolla la actividad como empresa, incluyendo la existencia de, al menos, un trabajador inscrito ante la CCSS que realice funciones relacionadas con el alquiler (mantenimiento, limpieza u otras).
Independientemente del régimen de renta elegido, deben aplicar el IVA:
- Cobrar el 13% del IVA al huésped.
- Presentar declaración mensual, aun cuando no se realicen ventas en el mes.
- Acreditarse el IVA pagado en compras y gastos vinculados directamente con la actividad (mantenimiento, servicios, reparaciones, equipamiento, etc.), siempre que se cuente con un comprobante electrónico autorizado.
Ovares destacó que el crecimiento de las plataformas digitales ha dinamizado la economía, pero también implica responsabilidades tributarias.
