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Dudas rodean devolución de dinero pagado por el IVA

Debe estar al día con sus obligaciones tributarias

Por Brandon Flores | 20 de Jun. 2019 | 12:00 am

(CRH)

(CRHoy.com) Si bien la ley del Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA) contempla posibles maneras de que los contribuyentes pidan el retorno de su dinero, aún no se ha resultado la manera en la que se va a ejecutar esas devoluciones.

Según María Paula Amador, abogada tributaria de Facio y Cañas, Tributación debe emitir una directriz general para que los contribuyentes sepan cómo pedir el retorno del IVA.

"En concreto el reglamento tiene cuatro maneras de devolver el impuesto, pero por ahora no se ha dicho cómo se procederá ni cuál será el mecanismo para que se haga efectivo", dijo Amador.

El próximo 20 de junio vence el plazo de consulta pública que le permite a los ciudadanos proponer ideas para la aplicación del proyecto del IVA, específicamente la devolución de recursos. 

Una vez vencido ese tiempo, se estaría más cerca de obtener la resolución oficial. 

El contribuyente tiene el derecho de solicitar a la Administración Tributaria la devolución de saldos a favor que hayan sido generados en la cancelación debida o indebida de tributos, pagos a cuenta, sanciones e intereses, así como los intereses sobre los montos a devolver, cuando correspondan, según la ley.

Para realizar la solicitud, el obligado tributario debe llenar, imprimir y firmar dos copias del formulario D-402 y presentarlo en la administración tributaria a la que se encuentra adscrito de acuerdo con el domicilio fiscal registrado.

Otro de las medidas que se podría utilizar es la plataforma Exonet, sin embargo, estaría atada únicamente a bienes o servicios exonerados.

"Tradicionalmente un trámite de este tipo dura aproximadamente 15 días en hacerse efectivo, pero depende del tipo de producto por el que el contribuyente esté pidiendo la devolución; en algunos casos es necesario enviar la documentación a Hacienda y la entidad enviará para revisión a un equipo técnico, el cual lo regresará al departamento de exenciones nuevamente para proceder con la devolución del dinero", dijo Deivid Villalobos, de la dirección de Impuestos y Legal de Deloitte.

¿Qué dice la ley?

El reglamento publicado hace algunos días contempla estas  formas para devolver el impuesto, pese a que aún no se define cómo se va a aplicar cada uno.

  • Devolución expedita
  • Devolución automática
  • Devolución para servicios transfronterizos

"La Administración Tributaria establecerá el procedimiento y requisitos para la liberación de la garantía, la cual se podrá producir una vez que el contribuyente liquide las operaciones mediante la presentación de la declaración autoliquidativa del período respectivo. Una vez cumplidos los requisitos por parte del contribuyente, la Administración Tributaria contará con un plazo de 15 días hábiles para resolver la liberación o liquidación de la garantía en la proporción que corresponda", señala la ley.

Otros aspectos pendientes

En el caso de la prestación de servicios de salud privados, cuando el pago se realice mediante tarjetas de crédito o de débito o cualquier otro medio electrónico autorizado, el contribuyente que preste el servicio (profesional de medicina) deberá reembolsar el impuesto cobrado al consumidor final de forma inmediata, solo que aún no está definida la vía de devolución.

Para estos efectos, el contribuyente utilizará el campo asignado dentro de la estructura del comprobante electrónico para registrar el reembolso del impuesto.

En estos casos, el contribuyente deberá registrar el débito correspondiente de la operación realizada y aplicando como pago a cuenta el impuesto reembolsado al consumidor final, en la declaración correspondiente.

 

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