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Dirección Jurídica detalla urgencia de que Chaves nombre a jerarca en la CCSS

Chaves evade responsabilidad

Por Ambar Segura | 12 de Nov. 2024 | 12:45 am

Marta Esquivel, presidenta ejecutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), está suspendida durante 6 meses por orden del Tribunal Penal de Hacienda y Asuntos Públicos, ya que es imputada del caso Barrenador.

Al estar suspendida, la institución está sin jerarca y el responsable de sustituirla, Rodrigo Chaves, presidente de la República, se niega a hacerlo. Incluso, evade la responsabilidad y ha asegurado que la CCSS se encuentra "descabezada" por culpa del Poder Judicial.

La Dirección Jurídica de la CCSS emitió un criterio detallando, ante consultas de la directiva Martha Rodríguez, en el que explica cuál es la importancia de qué la institución cuente con una persona designada en el cargo de presidencia ejecutiva.

Según explicaron Andrey Azucena, subdirector jurídico, Dylana Jiménez, jefa a.i. área de gestión técnica y asistencia jurídica, y Guillermo Mata, de estudio y redacción, en un oficio, del cual crhoy.com tiene copia, la presidencia ejecutiva tiene funciones que convierten el cargo en esencial para la CCSS.

Por ejemplo, de acuerdo con el oficio, debe:

  • Convocar sesiones de ordinarias y extraordinarias de Junta Directiva.
  • Elaborar la agenda de tales sesiones.
  • Velar por la pronta y eficaz ejecución de las resoluciones y acuerdos de la Junta Directiva.
  • Comunicar los acuerdos a las gerencias con indicaciones y consideraciones adicionales.
  • Programar las actividades necesarias para realizar y alcanzar los objetivos de la institución.

Además, la Dirección Jurídica agregó que es importante resaltar la "trascendencia institucional" que tiene el cargo para una institución como la CCSS. Además, se explicó que:

Se reitera, es designado por el Consejo de Gobierno, en relación con las atribuciones del Presidente Ejecutivo, la Ley dispone que le corresponde en el ámbito político y de gobierno coordinar la acción de la entidad, presidir la Junta Directiva y asumir las funciones propias del presidente de este órgano colegiado, asimismo le corresponde la programación de actividades generales que se requieren para realizar y alcanzar los objetivos de la institución, coordinar de acuerdo con los lineamientos que el Presidente de la República establezca, coordinar con las demás instituciones autónomas y semiautónomas y con el gobierno central las políticas, objetivos, planes y programas de la entidad, formar parte del Consejo de Coordinación Interinstitucional, siendo que la actividad intrínseca, fundamental, principal y la razón del ser de la naturaleza del cargo de Presidente Ejecutivo es la materia de gobierno.

Por otro lado, el criterio jurídico explica que es el funcionario que se encarga de mantener la relación entre el Poder Ejecutivo y la CCSS, es decir, es un medio de enlace entre ambos entes. Además, tiene que formular planes, programas de trabajo, planificar, orientar y ordenar las actividades de la CCSS.

Además, la Procuraduría General de la República desde el 2007 detalló  en el dictamen C-357-2007 que el presidente ejecutivo de un ente autónomo tiene a cargo labores de planificación, dirección y coordinación.

Incluso el cargo de presidencia ejecutiva, tiene funciones administrativas, principalmente relacionadas con la Junta Directiva. De hecho, este mismo criterio de la Dirección Jurídica, fue el que concluyó que el órgano colegiado no puede sesionar hasta que Chaves designe al sustituto de Esquivel, lo cual paraliza múltiples decisiones que se deberían estar tomando.

El presidente ejecutivo de la Caja tiene una serie de funciones especiales relacionadas con el gobierno de la Institución, la coordinación y enlace con el Poder Ejecutivo y demás entes estatales, el hecho que sea un funcionario de tiempo completo y dedicación exclusiva, es lo que permite la especial función de determinar en el ámbito estratégico de la agenda del colegio y su conducción, en su ausencia y con la baja representatividad que ofrece la situación actual, es criterio de esta Dirección que no debe acudirse a la figura del funcionario de hecho por estar ausente la representación del Estado en la figura del presidente ejecutivo, establecen los jurídicos de la CCSS.

Es evidente la importancia de que esta institución autónoma cuente con una persona competente en el cargo. La Unión Médica Nacional (UMN) denunció a Rodrigo Chaves ante el Ministerio Público por no nombrar al jerarca en la CCSS y piden que se investigue la ética y legalidad de su accionar.

La demora en el nombramiento del presidente ejecutivo de la Caja Costarricense delSeguro Social no tiene justificación alguna y siendo nuestro país un Estado de derecho, estamos convencidos de que el Consejo de Gobierno, presidido por el Señor Chaves Robles no está actuando de conformidad con el marco legal vigente y como tal esta actuación representa un acto contrario a derecho que amerita sea investigado cuanto antes.

El Consejo de Gobierno tiene la obligación legal de proceder con este nombramiento. En consecuencia, ni el Presidente de la República ni el Consejo de Gobierno están por encima del principio de legalidad, indicaron desde la UMN.

Tanto Esquivel, como varios directivos, fueron suspendidos por el papel que jugaron en la adjudicación de 10 áreas de salud a 4 cooperativas y una asociación de salud ligada a un hospital privado.

Además, por criterio jurídico de la CCSS, se decidió que Esquivel no debe recibir su salario durante los 6 meses de suspensión.

La actitud de Chaves de no designar sustitutos ha sido calificada como sabotaje por diferentes actores del sector salud.

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