Diputados eliminan violencia hacia mujeres de justicia restaurativa
Sólo se contemplará la violencia patrimonial.

Entre las correcciones se encuentra, no atender a ofensores en unidad de atención a víctimas. (Imagen con fines ilustrativos)
Los diputados eliminaron la violencia hacia las mujeres, con excepción de la violencia patrimonial, de la justicia restaurativa, a través de un proyecto de ley aprobado este miércoles en segundo debate en la Comisión Plena Primera de la Asamblea Legislativa.
Con esto, la iniciativa es trasladada al Poder Ejecutivo para su firma final que permitirá la entrada en vigencia de la modificación realizada a la Ley de Justicia Restaurativa, aprobada con anterioridad.
Nielsen Pérez, diputada del Partido Acción Ciudadana (PAC), explicó que con el proyecto aprobado, se corrigieron errores de la legislación por lo tanto, desde su despacho, trabajaron para una vía rápida dentro de la corriente legislativa, así como la búsqueda de acuerdos para su tramitación final.
Pérez también puntualizó que, entre las modificaciones se encuentra la no atención de ofensores desde la unidad de atención a víctimas, tal cual había quedado consignado.
Por tanto se eliminó la creación y ofrecimiento de programas y servicios para la atención en masculinidad para las personas ofensoras usuarias de justicia restaurativa, sino más bien, queda en manos de otras unidades del Poder Judicial.
En cambio se crean y ofrecen programas especializados de empoderamientos para las víctimas de los delitos de violencia patrimonial, además de un abordaje interdisciplinario a todas las víctimas de delitos contemplados en la ley 8720.
"Con estos nuevos ajustes, garantizamos que la ley se interprete con total claridad y exactitud", sostuvo.
Eduardo Cruickshank, presidente del foro legislativo, consideró que con estas mejorías, se ayudará al Poder Judicial en la aplicación de esta ley, pues da mayor seguridad a los jueces sobre los casos en que deban aplicar este tipo de justicia.
La iniciativa aprobada también realiza una reforma al artículo 123 de la ley de justicia penal juvenil pero de forma y no de fondo.