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Diputados dudan sobre proyecto de moratoria bancaria

Consideran que ya bancos han hecho arreglos de pago con clientes

Por Carlos Mora | 11 de Jun. 2020 | 5:12 am

(CRHoy.com) Los diputados tienen dudas sobre la conveniencia de seguir adelante con la discusión del proyecto de ley para aprobar una moratoria para el pago de créditos bancarios, que se impulsa a raíz de la crisis provocada por el COVID-19.

A pesar que desde finales del mes pasado los legisladores aprobaron dispensar el proyecto de todo trámite en el Congreso para agilizar su discusión, ahora los congresistas creen que el proyecto debe revisarse.

El liberacionista Roberto Thompson, quien participó en la elaboración de este proyecto cree que el texto "está desactualizado"  con respecto a la realidad financiera del país actualmente y que incluso deberá de contemplarse una nueva discusión y volver a formular consultas a instancias que ya fueron consultadas, como el Banco Central (BCCR), la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef) y el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif).

Explicó que el plan está desactualizado en el sentido que ya han pasado las 8 semanas que se pretendían dar de moratoria y que desde ese momento los bancos ya han realizado arreglos de pagos con sus clientes afectados por la pandemia. Thompson cree que el plan debe revisarse, con la intención de valorar opciones para los clientes bancarios a los que no se les aplicó un arreglo de pago y a los que necesitarán de una nueva prórroga.

"El tema es que hay que buscar un equilibrio entre lo que el sistema financiero puede sostener y la necesidad de los deudores. No podemos inclinar la balanza y poner en riego el sistema financiero", dijo el diputado.

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 En ese mismo sentido se pronunció el diputado Dragos Dolanescu, del Partido Republicano Social Cristiano. El congresista dijo que los bancos, sin necesidad de una ley, llegaron a arreglos de pagos con sus clientes, pero se mostró preocupado porque ya esos arreglos están a punto de caducar  y no se vislumbra una agenda de reactivación económica.
 "Ya casi empiezan a cobrarles, la reactivación económica del gobierno no se ve por ningún lado y no hay trabajo para mucha gente y hay que ver qué vamos hacer", dijo el diputado.
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Desde la Unidad Social Cristiana, Pablo Heriberto Abarca dijo que lo que está deteniendo el avance de la propuesta son intenciones de legisladores, entre los que mencionó al frenteamplista José María Villalta, para que la ley establezca un arreglo de pago además del que ya se pudo haber hecho.
"Mi propuesta es que hay que ayudarle a quienes no se les ha ayudado y a los que ya se les dio una moratoria, pues no se puede más", comentó.
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CRHoy intentó conversar con Villalta, pero no fue posible localizarlo.

¿Qué dice el proyecto?

La moratoria para el pago de créditos bancarios que impulsan los diputados a raíz de la crisis provocada por el COVID-19 solo aplicará para cuatro escenarios.

Los legisladores además definieron una serie de requisitos que los deudores deberían presentar.

  • Deudor no asalariado afectado en su fuente de ingresos por el cierre de operaciones o  por una reducción de más de un 20% de sus ingresos de la actividad comercial. Deberá demostrar esta condición por medio de una declaración jurada suscrita por la persona física o jurídica titular de la operación crediticia.
  • Trabajador cesado. Deberá aportar carta de despido.
  • Trabajador a quien se le suspendió el contrato laboral. Deberá presentar una carta del patrono mediante la cual se informe de ello.
  • Trabajador afectado por reducción de jornada laboral. Deberá aportar carta del empleador mediante la cual informe de ello.

Esos documentos se podrán presentar de forma digital o impresa y se prohibirá exigir nuevos requisitos.

Si se demuestra que la información aportada por el deudor es falsa, la entidad financiera dejará sin efecto la suspensión del cobro del crédito, sin perjuicio de la responsabilidad civil, penal y administrativa que corresponda.

De acuerdo con el borrador, quienes opten por la moratoria, a la entrada en vigencia de la ley, no podrán tener una mora mayor a 90 días. En la última versión del texto, los diputados acordaron mantener que el plazo de la moratoria sea únicamente por 8 semanas.

En el caso de las entidades financieras que hayan otorgado anticipadamente suspensiones de pago a sus deudores se aplicarán las siguientes reglas:

  • Si la suspensión otorgada fue por un plazo menor al establecido en la ley, se ajustará automáticamentey como mínimo a las semanas que sean necesarias para alcanzar el plazo de 8 semanas.
  • Si la suspensión otorgada fue por un plazo superior al establecido en la ley, se mantendrá ese mismo.

Las cuotas incluidas en la suspensión del cobro serán canceladas al vencimiento de la operación crediticia, de forma mensual, por el mismo plazo de suspensión de cobro, sin perjuicio de eventuales readecuaciones.

Esas cuotas no podrán ser aumentadas por efecto de la suspensión del cobro y sobre las mismas no se podrán aplicar intereses moratorios o adicionales o cualquier otro cargo asociado. Tampoco se podrán capitalizar intereses sobre las cuotas sujetas a la suspensión del cobro.

Además, se ampliará el plazo de todas las garantías que respalden las operaciones crediticias sujetas a la suspensión de cobro.

Otras reglas

Según la propuesta, para la aplicación de la suspensión del cobro también se deberán considerar las siguientes reglas:

  • Las partes, dentro del plazo de la suspensión del cobro, podrán definir, por mutuo acuerdo, cualquier otro tipo de arreglo de pago, siempre y cuando las condiciones del arreglo no resulten más gravosas para el beneficiario.
  • Las operaciones suspendidas de cobro no serán consideradas de naturaleza especial para efectos de la calificación del deudor ni afectarán su calificación de riesgo en el Centro de Información Crediticia.
  • El Conassif quedará facultado para permitir readecuaciones de deudas y ajustes en las carteras de créditos que sean necesarias para la normalización de las operacioneshasta por dos años posteriores al fin de la emergencia decretada.
  • El Banco Central quedará autorizado para establecer un programa especial de apoyo a la liquidezde las entidades financieras para que puedan ejecutar los objetivos establecidos en la ley.
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