Diputado de gobierno propone eliminar controles de Sugef en donaciones a partidos
Regulación se aprobó en marzo de este año por iniciativa del PAC

El diputado del PPSD, Jorge Rojas impulsa la reforma, aquí con su compañero de bancada Manuel Morales. Foto: Minor Solís.
(CRHoy.com) El diputado del Partido Progreso Social Democrático (PPSD) Jorge Rojas López presentó el proyecto de ley, expediente 23.314, donde se propone reformar cinco artículos del Código Electoral, incluyendo el 135 que tiene que ver con la donación en especie y en efectivo de personas físicas nacionales a los partidos políticos.
La reforma a este artículo en particular que propone el diputado de Gobierno eliminaría los controles que hoy aplica la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef), sobre estos aportes.
En otras palabras, de aprobarse los cambios que sugiere el diputado Rojas, cualquier persona que done dinero a un partido político ya no tendría que hacerlo mediante una cuenta bancaria.
Esto era así hasta que en la legislatura anterior la entonces diputada del Partido Acción Ciudadana (PAC), Laura Guido, presentó una modificación a este artículo para establecer que cualquier donación que se haga en efectivo a los partidos políticos y supere el salario base de un oficinista del Poder Judicial, es decir ¢462.200 debe hacerse por medio de una transferencia bancaria.
Hay que recordar que según la ley electoral, los partidos políticos pueden recibir donaciones en efectivo únicamente de personas físicas, es decir, está prohibido que empresas donen o bien extranjeros.
El Código Electoral establece que esa donación se deba hacer únicamente por medio de una cuenta bancaria asignada al partido, pero en el proyecto de ley del diputado Rojas se elimina todo lo referente al control que debe aplicar la Sugef como entidad vigilante del sistema financiero nacional.
La exdiputada Guido lamentó que el partido de Gobierno busque eliminar una reforma que permita más controles a las donaciones de los partidos políticos.
"La redacción del artículo 135 que se propone elimina la reforma que se aprobó para obligar que las grandes donaciones a partidos políticos ocurran por medio de entidades supervisadas por la Sugef. Esa regulación permite que esas donaciones pasen por filtros como 'conozca a su cliente' para determinar si la fuente es legítima", explicó.
Guido agregó que la reforma aprobada pretende evitar que dinero de origen ilegítimo, como por ejemplo del lavado de dinero y de narcotráfico.
"Esto se estaría perdiendo si el proyecto del diputado Rojas es aprobado como se propone. Y esto debe ser un llamado de atención sobre el tipo de reformas electorales que se presenten, si no que estas herramientas para detectar dineros mal habidos, no se pierdan, que no existan retrocesos en esta materia tan sensible", dijo.
Cambios propuestos
El artículo en cuestión dice hoy textualmente:
Artículo 135.- Donaciones y aportes de personas físicas nacionales
Las personas físicas nacionales podrán destinar contribuciones, donaciones o cualquier otro tipo de aporte, en dinero o en especie, a los partidos, sin limitación alguna en cuanto a su monto.
Las donaciones en dinero que realice una persona física nacional a un partido político deberán realizarse por medio de alguna de las entidades supervisadas por la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef), cuando dichas donaciones de forma individual o en su conjunto igualen o superen el equivalente a un salario base, conforme se define en el artículo 2 de la Ley 7337, de 5 de mayo de 1993.
El Tribunal Supremo de Elecciones, por vía reglamentaria, fijará el plazo para acumular el valor de múltiples aportes como parte del umbral indicado, el cual no podrá ser inferior a los tres meses. En cumplimiento de lo anterior, los partidos políticos reportarán de forma diferenciada el mecanismo de las donaciones recibidas, sea este en efectivo o por medio de transferencia.
Quien ocupe la tesorería del partido político deberá remitir al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), para su publicación en el sitio web institucional, en el mes de octubre de cada año, un estado auditado de sus finanzas, incluida la lista de sus contribuyentes o donantes, con indicación expresa del nombre, el número de cédula y el monto aportado por cada uno de ellos durante el año.
Lo que propone el diputado según el texto presentado dice lo siguiente:
Artículo 135- Donaciones y aportes de personas físicas nacionales
Las personas físicas nacionales podrán destinar contribuciones, donaciones o cualquier otro tipo de aporte, en dinero o en especie, a los partidos, sin limitación alguna en cuanto a su monto.
Durante el mes de octubre de cada año, quien ocupe la tesorería de un partido político debidamente inscrito, deberá remitir al Tribunal Supremo de Elecciones un conjunto completo de estados financieros auditados, los cuales abarcarán la información financiera comprendida entre el 1° de julio del año anterior y el 30 de junio del año en curso. Dichos estados financieros deberán incluir la lista de los contribuyentes o donantes, con indicación expresa del nombre, el número de cédula y el monto aportado por cada uno de ellos durante el año.
En todo caso, si un partido político carece totalmente de movimientos contables que deban reflejarse en los estados financieros, así lo hará constar el tesorero del partido político, constancia que del mismo modo deberá ser remitida al Organismo Electoral. Los estados financieros auditados y las constancias que se emitan al efecto serán publicados en el sitio web del Tribunal Supremo de Elecciones, o bien, en la plataforma digital que este disponga, dentro de los tres días hábiles siguientes a su recibo.
Este medio pidió a Rojas su versión sobre por qué busca reforma este articulado, pero aunque prometió enviar una respuesta al cierre de esta nota no lo había hecho.
El proyecto debe iniciar su trámite en la corriente legislativa.