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Diputada quiso levantar prohibición a empresa familiar para que participara en contrato con el Estado

Por Carlos Mora | 24 de Ene. 2023 | 12:29 pm

(CRHoy.com) La Contraloría General de la República (CGR) denegó una solicitud realizada por la diputada del partido oficialista Progreso Social Democrático (PPSD), Luz Mary Alpízar Loaiza, para que una empresa familiar de ella y su esposo pueda participar como oferente en los procedimientos de contratación administrativa que promueva la Administración Pública.

A finales de 2022, la legisladora y su esposo, Luis Arturo Chavarría Blanco, tramitaron el levantamiento de la prohibición previsto en los artículos 22, 22 bis y 23 de la Ley de Contratación Administrativa (LCA) sobre la empresa APROIMSA, dedicada a brindar consultoría y asesoría en servicios empresariales.

Ante esa solicitud de la diputada, la CGR señaló que el pasado 1 de diciembre entró a regir la Ley General de Contratación Pública No. 9986 del 27 de mayo del 2021, la cual en su artículo 135 deroga  la Ley 7494, Ley de Contratación Administrativa, de 2 de mayo de 1995.

La CGR señaló que "carece de competencia para otorgar levantamientos de prohibición" como el solicitado por la diputada Alpízar Loaiza y que, la nueva normativa en materia de contratación pública no contempla la posibilidad de que la entidad pueda conceder levantamientos de prohibición.

La CGR respondió a la diputada que el tema del Régimen de Prohibiciones en la Ley General de Contratación Pública se encuentra regulado en el artículo 24 y que en el artículo 29 se señala que todo potencial oferente interesado en participar en los procedimientos de contratación pública deberá rendir ante la Dirección de Contratación Pública una declaración jurada en la cual indique que no se encuentra sujeto a ninguna de las causales de prohibición establecidas en la ley.

La Contraloría añade que, en caso de encontrarse en alguno de los supuestos de prohibición para poder solicitar la prohibición, se debe cumplir con alguno de los supuestos de desafectación establecidos en el artículo 30, entre los cuales se señalan que "la actividad comercial se haya ejercido por lo menos 18 meses antes del nombramiento del funcionario que origina la prohibición, o que, en el caso de directivos o representantes de una persona jurídica, estos ocupen el puesto respectivo al menos 18 meses antes del nombramiento del funcionario que origina la prohibición".

También ese artículo señala que "para poder participar en los procedimientos de contratación pública, pese a la existencia de la causal de prohibición, el oferente deberá hacer constar en la declaración jurada la condición de desafectación que habilite su participación".

El pronunciamiento del ente contralor se dio el pasado 19 de enero.

El documento lo suscribieron Karen Castro Montero, gerente asociada a.i y Ana Karen Quesada Solano, fiscalizador asociado, ambas de la CGR. En este enlace puede ver el documento con la notificación a la diputada. CGR Caso Luz Mary

CRHoy.com intentó conocer la posición de la diputada Alpízar, pero no fue posible localizarla.

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