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¿Deudas sin pagar con más de 10 años? Puede pedir el derecho al olvido

No necesita contratar a un abogado para este trámite.

Por Yaslin Cabezas | 16 de Jul. 2023 | 7:16 am

(CRHoy.com) ¿Tiene usted más de 10 años sin pagar una deuda? ¿Sabía que puede solicitar el derecho al olvido? ¡Sí, así como lo lee! Es un trámite gratuito y todas las entidades están obligadas a hacerlo.

Así lo establece el Reglamento a la Ley de Protección de la Persona frente al Tratamiento de sus Datos Personales N° 37554-JP en su Artículo 11:

Derecho al olvido. La conservación de los datos personales que puedan afectar a su titular, no deberá exceder el plazo de diez años, desde la fecha de terminación del objeto de tratamiento del dato, salvo disposición normativa especial que establezca otro plazo, que por el acuerdo de partes se haya establecido un plazo distinto, que exista una relación continuada entre las partes o que medie interés público para conservar el dato.

Ernesto Solano, abogado de la Oficina del Consumidor Financiero explicó que esto también se puede aplicar en el caso de deudas y es diferente a la prescripción y a las manchas crediticias que aparecen en el Centro de Información Crediticia (CIC) de la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef).

"Una cosa es la prescripción de una deuda, que es cuando ha transcurrido el plazo, por ejemplo, de 4 años para deudas comerciales, por una tarjeta de crédito, una letra de cambio o un pagaré. En este caso, para que se decrete la prescripción hay que alegarlo ante un juez de la República", explicó antes de decir que este trámite de prescripción se hace por medio de un abogado.

Otra cosa es la mancha crediticia en la Sugef. 

"La mancha en el récord crediticio y es de 4 años o 48 meses. Eso lo regula el reglamento 105 de la Sugef. Esta mancha es de 4 años a partir del momento en el que la entidad genera el reporte ante la Sugef. Va a permanecer ahí hasta que se cumplan los 4 años. Si la persona ha pagado, si tuvo un atraso de 50 días igual, le va a aparecer ese atraso y se borra automáticamente una vez que pasen esos 4 años, aunque la deuda no haya sido decretada como prescrita, la mancha igual se borra", indicó.

Cuando han pasado 10 años, la persona puede acercarse a la entidad financiera y solicitar el "derecho al olvido" y pedir que eliminen de las bases de datos dicha deuda.

"Es un tema básicamente del periodo que puede estar en conservación un dato personal. Tal vez la entidad financiera guarda un dato mío y por ejemplo, dice ‘Ernesto Solano me quedó debiendo a mí, tuvo 100 días de atraso'. Ese dato solo lo pueden guardar por 10 años. No más allá de ese plazo", detalló.

Según Solano, ninguna entidad puede negarse a hacerlo si ya ha pasado el plazo establecido por la ley. 

"A veces sucede en la práctica que la persona quedó debiendo una tarjeta de crédito a un banco, pasaron 15 años, la persona vuelve a la entidad y tal vez quiere gestionar que le den un crédito o que le aperturen una cuenta, pero le dicen que no, porque quedó debiendo la tarjeta. Ahí es donde se puede decir que ya pasaron los 10 años. Ese motivo por el cual están denegando el crédito, no debería ser legal, puesto que le están pasando por encima a la norma", citó.

El abogado indicó que hay burós que pasado este tiempo también guardan la información. En este caso, los usuarios deben acercarse y solicitarlo directamente a la empresa.

En caso de dudas o problemas con las entidades financieras, puede solicitar ayuda a la Oficina del Consumidor Financiero.

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