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Alajuelense y Saprissa multados tras la fecha 22

Tribunal Disciplinario dio a conocer los castigos

Por Dinia Vargas | 9 de May. 2025 | 5:15 pm

Alajuelense y Saprissa fueron multados tras la última fecha de la fase regular del torneo de Clausura 2025.

El Tribunal Disciplinario de la Federación Costarricense de Fútbol dio a conocer las sanciones impuestas luego de la jornada 22.

Alajuelense

Sancionar al club con una multa de 552,500 colones, desglosada en:

– 500,000 colones conforme lo establecido en el artículo 65 inciso 3) por haber personas no autorizadas en el terrero y rehusarse a retirarse en momento de solicitarles.

– 52,500 colones conforme a lo establecido en el artículo 73 inciso cuatro al ser la primera vez que hay invasión pasiva dentro del estadio.

Saprissa

Sancionar al club con una multa de 400,000 colones, de conformidad con lo establecido en el artículo 57 BIS, inciso 11, así como en el artículo 31 del Reglamento de Comunicación y Prensa, el cual dispone que el director técnico debe estar presente en la conferencia de prensa al momento de su inicio, es decir, quince minutos después de finalizado el partido.

Estas son algunas de las otras de las sanciones que dejó la fecha:

Sporting 

Sancionar al club con una multa de 100,000 colones de conformidad con lo establecido en el artículo 41 inciso primero, por ser la primera ocasión en que reciben 5 sanciones disciplinarias (tarjetas amarillas y/o rojas) por parte del árbitro del encuentro.

Sancionar al jugador Youstin Salas Gómez con un partido de suspensión y una multa de 70,000 colones de conformidad con lo establecido en el artículo 35, por acumular cinco tarjetas amarillas en el mismo campeonato por primera vez en la temporada.

Sancionar al jugador Ariel Román Soto González con un partido de suspensión y una multa de 70,000 colones de conformidad con lo establecido en el artículo 35, por acumular cinco tarjetas amarillas en el mismo campeonato por primera vez en la temporada.

Pérez Zeledón

Sancionar al club con una multa de 700,000 colones, desglosada en:

– 400,000 colones por incumplir con el uso correspondiente del panel según lo estipulado en el artículo 57 BIS inciso 3, así como en el artículo 19 del Reglamento de Comunicación y Prensa, el cual dispone las obligaciones de la entrevista flash "post-partido".

– 300,000 colones por incumplir con el uso correspondiente del panel según lo estipulado en el artículo 57 BIS inciso primero, al ser la primera vez en el campeonato acredite a Medios o periodistas no avalados por UNAFUT y que no estén presentes en la Lista de Medios que el departamento de prensa de UNAFUT realice y comparta con los Jefes de Prensa de los Clubes.

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