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Defensa de Johnny Araya pide que lo absuelvan y que más bien condenen a Estado a pagarle costas

Abogados del exalcalde capitalino solicitaron absolutoria, mientras la Procuraduría insiste en condena y el pago de ₡12 millones por daño social

Por José Adelio Murillo | 7 de Ago. 2025 | 6:44 pm

 

El equipo de defensa legal del exalcalde josefino Johnny Araya Monge solicitó al Tribunal Penal de Hacienda que lo absuelva del delito de tráfico de influencias, por el cual fue acusado años atrás.

Sus abogados fueron más allá: pidieron también que se rechace la solicitud de indemnización presentada por la Procuraduría General y que, por el contrario, se condene al Estado a pagarle las costas por todo este proceso.

Este jueves le correspondió el turno a los abogados de Araya para exponer sus alegatos finales, luego de que el Ministerio Público solicitó la absolutoria del exalcalde, así como de los demás imputados: el exsubjefe del Ministerio Público, Celso Manuel Gamboa Sánchez, y la exfiscal subrogante, Berenice Smith Bonilla.

Tras recibir todos los testimonios y evaluar la prueba, los fiscales determinaron que objetivamente no tenían elementos suficientes para pedir una condena de cárcel.

Contrario a ese criterio, la Procuraduría sí solicitó condenar a los tres acusados y, además, pidió una indemnización. En su rol de abogado del Estado costarricense, este órgano solicitó sentenciar a Gamboa y a Smith a pagar ₡15 millones cada uno, y ₡12 millones en el caso de Araya.

Juan Marcos Rivero, representante en lo penal del exalcalde, refutó un eventual castigo de cárcel, mientras que el abogado Alfonso Ruiz —defensor de Araya para la acción civil resarcitoria— expuso por qué considera improcedente obligar a su cliente a pagar una suma económica.

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"No es un tema de dinero, es un tema de responsabilidad profesional, porque si el Ministerio Público determinó específicamente que su pieza acusatoria no reúne requisitos ni siquiera para poder cubrir el grado de formalidad y la Procuraduría no tiene una pieza penal, no existe entonces la opción de hacer las gestiones que se hicieron de la manera en que se hicieron hoy. 

Y lo más grave, no hay elementos probatorios contundentes. Ustedes lo escucharon, ni la pericia ni testigos, ni entrevistas, ni psicólogos, nada que nos refleje efectivamente la existencia de un daño social como pretende reclamarlo el Estado. 

El mismo ente estatal tiene que tener también claro que si va a hacer una pretensión de ₡5, ₡10, ₡15, ₡20 o ₡100 millones tiene que tener un sustento objetivo, porque si no perfectamente un Tribunal de la República no solo se lo va a rechazar, sino que va a condenar por costas", explicó el jurista.

Ruiz aseguró que la condena por costas suele ser "simbólica" y que se establece entre un 10 % y un 15 % de la estimación. Si eventualmente los jueces determinaran condenar en costas por la acción civil en contra del exalcalde; el país podría estar obligado a pagar unos ₡2 millones.

La Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y Anticorrupción (FAPTA) sorprendió a la opinión pública el miércoles al solicitar absolver al exmagistrado Gamboa, al exalcalde capitalino y a la exfiscal subrogante Berenice Smith.

Los tres imputados eran señalados por el Ministerio Público de realizar gestiones para eliminar el nombre del exalcalde de una causa penal, durante la campaña electoral que lo llevó de regreso a la Municipalidad de San José en 2016.

Natalia Villalta, fiscala adjunta y jefa de FAPTA, explicó que la razón para solicitar la absolutoria fue la objetividad, al no contar con evidencia ni elementos de prueba suficientes para pedir una condena contra los acusados.

La acusación elaborada por otro equipo de fiscales años atrás no describía claramente qué presiones habrían ejercido Gamboa y Smith para favorecer a Araya, lo cual dificultó demostrar la existencia de un delito, según indicó.

"Como ustedes mismos lo vieron, nosotros tenemos que hacer un análisis de toda la prueba testimonial y documental, pero es que el análisis tiene que ser bajo el principio de objetividad y eso fue precisamente lo que hoy nosotros aplicamos. 

Analizamos todo el universo de prueba y nos llevó a la conclusión de que en este caso lo procedente era pedir una absolutoria en favor de los imputados", señaló Villalta.

Además de exigir una indemnización económica, la Procuraduría General de la República solicitó al Tribunal Penal de Hacienda y de la Función Pública condenar a la pena mínima por tráfico de influencias a los involucrados.

En su rol de abogado del Estado costarricense, pidió al tribunal reconsiderar la solicitud de absolutoria planteada por el Ministerio Público y aplicar el extremo mínimo de la pena, es decir, dos años de prisión.

El procurador Federico Quesada se apartó del criterio fiscal al considerar que se trata de exfuncionarios públicos que supuestamente cometieron actos ilegales en el ejercicio de sus funciones.

"Hicimos las dos cosas, indicaba yo en las conclusiones que nuestra acción civil tiene una pretensión que es una indemnización por el daño social. Ese daño social que reclamamos se origina por una actuación delictiva, así está estructurada la acción civil.

De modo tal que, al depender de la acreditación del hecho punible, de la acreditación del delito, bien puedo yo, como lo hice, solicitarle al tribunal que se separe de las consideraciones de la Fiscalía y también le pedimos que los condenen penalmente por el extremo mínimo de la pena.

No es ajeno a la competencia que tengo yo desde el ejercicio de la acción penal y sí lo puede hacer el tribunal, y ya ha ocurrido en otras causas", detalló el procurador.

Inicialmente, la tesis fiscal sostenía que hubo contactos con el entonces subjefe del Ministerio Público, Celso Gamboa, para impulsar gestiones que permitieran cambiar el estatus judicial de Araya.

La Fiscalía alegó en aquel momento que los tres imputados —Gamboa, Araya y Smith— ejecutaron una serie de acciones concertadas entre noviembre de 2015 y enero de 2016, con el objetivo de manipular una causa penal por presunto enriquecimiento ilícito y eliminar la condición de imputado de Araya.

Según esa versión, Gamboa y Smith utilizaron su jerarquía para influir sobre la fiscala instructora del caso, Natalia Rojas Méndez, y conseguir que emitiera un oficio que —en apariencia— afirmaba falsamente que Araya no era imputado.

Ese documento, identificado como FAPTA-08-2016, fue entregado a Araya el 6 de enero de 2016.  Al día siguiente, su nombre fue eliminado del sistema informático de la Fiscalía.

Dos días después, el entonces candidato al egresar al municipio por el partido Alianza por San José envió el oficio por WhatsApp a una periodista de La Nación, que preparaba un reportaje sobre aspirantes con causas penales activas.

Gracias a esa maniobra, el nombre de Araya no apareció en el listado publicado el 2 de febrero de 2016. Según la Fiscalía, los imputados habrían generado una "ventaja indebida" que le permitió ocultar su condición procesal ante el electorado.

La postura del Ministerio Público cambió tras recibir toda la prueba. En la fase de conclusiones, el fiscal Carlos Rodríguez explicó que la acusación inicial carecía de precisión y claridad, lo que impedía sostener una solicitud de condena.

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