Obras provocaron daños irreversibles en el Teatro Nacional; Sala IV ordena suspenderlas de inmediato
La Sala Constitucional declaró parcialmente con lugar un recurso de amparo interpuesto por daños ocasionados a elementos históricos del Teatro Nacional de Costa Rica, los cuales formaron parte de un proceso de restauración que inició sin los protocolos correspondientes.
Mediante una resolución emitida esta semana, los magistrados concluyen que tras la revisión de las pruebas, se le ocasionaron daños irreversibles al inmueble, que es patrimonio histórico costarricense y símbolo nacional. Además, ordenaron la suspensión inmediata de todas las obras.
"Se ocasionaron daños irreversibles a los muros decorativos perimetrales, ya que se usaron herramientas inadecuadas para cortar las juntas de las piedras deteriorando el tejido simbólico y ampliando las separaciones de las estructuras. Además, se utilizaron acabados y tratamientos en algunas de las puertas del recinto que les provocaron daños irreparables, por ejemplo, utilizando pinturas del todo inadecuadas en maderas antiguas con cualidades históricas únicas", indica el fallo.
Quien presentó el recurso es un ciudadano que pudo probar que las obras realizadas durante octubre y noviembre de 2025 no se ajustaron a los criterios técnicos que deben aplicarse cuando se interviene un bien patrimonial.
Además, se indicó que las intervenciones comenzaron el 15 de octubre de 2025; sin embargo, los protocolos de intervención no habían sido aprobados por la Dirección de Patrimonio Cultural. Estos fueron recibidos hasta el 8 de diciembre de 2025.
Asimismo, se señalaron daños considerados irreversibles, debido al uso de herramientas inadecuadas para ejecutar ciertos trabajos. También se aplicaron acabados y tratamientos en algunas puertas que provocaron afectaciones irreparables.
Los magistrados declararon con lugar el recurso al considerar que existió falta de coordinación, fiscalización y deber de cuidado en las obras de restauración. Recordaron que el Teatro Nacional posee un valor artístico, histórico y cultural único que debe ser protegido conforme al artículo 89 de la Constitución Política.
Al ministro Jorge Rodríguez la Sala le dio un mes para que establezca todos los protocolos pertinentes para continuar con la ejecución de las obras de conservación y restauración de las puertas y piedras de los muros perimetrales.
Además, se ordenó al ministro que en un plazo máximo de dos meses, determine quiénes fueron los responsables de la situación. También se dispuso la suspensión de las tareas relacionadas con las intervenciones cuestionadas.
