Contraloría señala incumplimiento de SUTEL en costeo del canon de regulación de telecomunicaciones
La Contraloría General de la República (CGR) realizó una auditoría para evaluar el sistema de costeo y los controles de la Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), para el cálculo del canon de regulación de telecomunicaciones, según indica el oficio DFOE-CIU-IAD-00004-2025.
A partir de la función de aprobación del canon de regulación, que debe realizar la CGR conforme la Ley N°. 7593, se evidenciaba la necesidad de evaluar si este sistema estaba de conformidad con el marco normativo aplicable principalmente los principios de servicio al costo y administración eficiente.
De esta manera, el ente contralor halló que SUTEL carece de un sistema de costeo que desglose el costo por actividad de regulación, lo que impide una determinación clara de la eficiencia, razonabilidad y transparencia de su labor.
Además, determinó que los controles actuales solo se basan en partidas presupuestarias, sin vincular el gasto directamente a cada actividad regulatoria, limitando la supervisión efectiva del uso de los recursos del canon e imposibilitando determinar si la labor de regulación se está llevando a cabo de la manera más eficiente y al costo más razonable.
El canon de regulación es la fuente de financiamiento de la Superintendencia para ejecutar las actividades de regulación del mercado abierto de las telecomunicaciones. El cálculo del mismo debe garantizar la razonabilidad de los costos asociados al ejercicio de una eficiente regulación, necesarios para ejecutar dichas funciones.
Para ello, SUTEL debe cumplir con dos principios legales:
- Servicio al costo, que determina la forma de fijar tarifas de los servicios públicos para que se contemplen únicamente los costos necesarios para prestar el servicio y garanticen el adecuado desarrollo de la actividad.
- Administración eficiente, que implica que toda actividad llevada a cabo por la Administración se realice utilizando de mejor manera los recursos disponibles para lograr los objetivos públicos previstos por el ordenamiento jurídico.
De acuerdo con el artículo 62 de la Ley N.° 8642, Ley General de Telecomunicaciones, cada operador de redes de telecomunicaciones y proveedor de servicios de telecomunicaciones, deberá pagar un único cargo de regulación anual denominado canon, que dota de los recursos necesarios a la SUTEL para que realice la actividad de regulación bajo una administración eficiente.
Según la entidad reguladora, si no se corrige la situación, la carencia de un sistema de costeo que muestre el costo por actividades de regulación, impide conocer el costo unitario de las diversas actividades que ejecuta la SUTEL, lo que dificulta determinar si la labor de regulación se está llevando a cabo de la manera más eficiente, al costo más razonable y con una mayor transparencia.
Además, complica identificar 4 las áreas de mejora que fomenten la eficiencia operativa, así como la toma de decisiones informadas para establecer las acciones oportunas sobre la asignación y ejecución de los recursos de canon.
Sutel responde
Por su parte, el ente regulador respondió a una consulta de CR Hoy que “recibe el informe de la Contraloría General de la República, sobre el sistema de costeo del canon de regulación; el cual nos impulsa a continuar con los esfuerzos que hemos realizado para contar con un sistema de costeo que permite identificar y asociar los costos relacionados con sus fuentes de financiamiento, en atención a los principios de servicio al costo y de administración eficiente.
La SUTEL trabajará para hacer los ajustes necesarios, que permitirán seguir avanzando como parte del proceso evolutivo y de mejora continua que señala el órgano contralor. Reafirmamos nuestro compromiso irrestricto con la transparencia, la administración eficiente de los recursos del canon y la rendición de cuentas, en estricto apego a nuestra legislación".