Contraloría cuestionó cálculo de salario de ¢3.8 millones de la directora de UNGL
Durante su reelección en 2022, la directora de la UNGL prometió cambiar la fórmula salarial, pero no se ha cumplido
Karen Porras, directora ejecutiva de la Unión Nacional de Gobiernos Locales (UNGL), mantiene un salario de ¢3,8 millones, el cual es calculado con base en el sueldo de un exfuncionario que no laboraba en la entidad al momento de su reelección, en 2022, contrariando un criterio de la Contraloría General de la República (CGR) que prohíbe ese método.
Además, la jerarca ejerció como presidenta de la Red Costarricense de Mujeres Municipalistas (RECOMM), una asociación privada, pese a que en ese momento cobraba por prohibición un rubro de ¢1,5 millones. Así lo demuestran los datos de la CGR.
Actualmente, el salario que recibe la jerarca de la UNGL se calcula como si fuera alcaldesa de algún ayuntamiento. La metodología es la estipulada dentro del Código Municipal, que indica que los alcaldes deben ganar el salario del funcionario activo mejor pagado de la institución, más un 10 %. A ese monto también se le suma el rubro de prohibición.
Sin embargo, pese a que el estatuto interno de la UNGL establece que debe seguirse la fórmula del Código, la institución lleva casi tres años pagándole a la jerarca con base en el salario de un exfuncionario que no laboraba en la entidad cuando fue reelecta, en 2022. Así lo demuestran una serie de documentos de los que CRHoy posee copia.
CGR cuestionó salario
En noviembre de 2024, el ente contralor envió el oficio DFOE-LOC-1676, dirigido a Porras, solicitando una serie de datos necesarios para continuar con la aprobación del presupuesto de 2025. La CGR requirió específicamente detallar la fórmula con la que se calculaba el salario de la jerarca.
De acuerdo con el documento, la UNGL envió la propuesta de presupuesto sin brindar detalles de cuál era el puesto del salario mejor pagado y la fecha de ingreso de la persona que lo percibía.
En su respuesta, enviada bajo el documento DE-E-338-11-2024, la entidad le comunicó a la CGR que el puesto que se utilizaba como referencia era el del exfuncionario Erick Badilla Monge, que tenía una plaza de Dirección de Carrera Administrativa y que ingresó a la Unión en marzo de 2006.
"La señora Porras Arguedas cuenta con el cálculo salarial para su puesto de Directora Ejecutiva de acuerdo con el artículo 20 del Código Municipal y que su salario se mantiene sin variaciones a la salida del exfuncionario", indica el documento enviado por la UNGL.
Sin embargo, el oficio omitió detallar que, cuando Porras fue reelecta, el 9 de junio de 2022, Erick Badilla Monge ya no laboraba en la Unión Nacional de Gobiernos Locales y, aun así, se tomó su salario de base, como si fuera un funcionario activo.
De acuerdo con actas de la Municipalidad de Garabito, para ese momento Badilla había sido nombrado como líder de talento humano del ayuntamiento puntarenense. En la sesión n.º 109-2022, celebrada el 30 de mayo de 2022, se menciona que, para enero de 2021, Badilla ya estaba nombrado en el cargo.
Porras afirmó que fórmula cambiaría
En el acta de la sesión n.º 17-2022, celebrada el 9 de junio de 2022 en la sede de la UNGL, se indica que ese día el concejo directivo realizó la elección de la Dirección Ejecutiva. Durante la discusión previa a la votación, Walter Céspedes, alcalde de Matina, junto con otros directivos, cuestionaron que se fuera a realizar el nombramiento sin tener detalles de cómo se calculaba el salario de la jerarca institucional.
Ante las dudas de los presentes, Porras tomó la palabra y aclaró que su salario se calculaba con base en el artículo 20 del Código Municipal y venía siendo aprobado por la CGR sin objeciones. Además, destacó que el presupuesto institucional había logrado superar los procedimientos de diferentes auditorías realizadas.
En ese momento, Karen Porras también se comprometió a que, en el nuevo contrato que firmara la próxima persona que asumiera la dirección, el cálculo se cambiaría y sería "como lo establece la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas."
Al ser consultada por este medio, la presidenta de la UNGL indicó que ella no era la responsable de asignarse el salario y evitó contestar si ella, como jerarca, había realizado algún trámite para cumplir con su promesa hecha el día de su reelección.
De acuerdo con Porras, ella no precisa lo que se dijo en la sesión, pero defendió que su salario se basaba en el reglamento interno que ordena usar la fórmula salarial de los alcaldes. Además, reconoció que su sueldo mantenía la misma metodología previa a su reelección.
Referencia salarial contradice a la CGR
En el año 2017, la División Jurídica Fiscalizadora y la División Jurídica de la Contraloría rindieron un criterio en el que se ahondó en los límites para utilizar la fórmula salarial de los alcaldes.
La CGR aclaró que, al ser un jerarca local reelecto, la aplicación del artículo 20 del Código Municipal debe adecuarse a la planilla de ese momento y que, por ninguna razón, deben mantenérsele las condiciones salariales previas a la reelección.
"Según lo que establece el artículo 20 del Código Municipal, es menester señalar varios elementos. En primer lugar, que el cálculo y fijación salarial del alcalde se realiza con la referencia del salario máximo pagado al momento que inicia el período el alcalde municipal. Es decir, en caso de que el funcionario haya sido reelecto en el cargo, le aplican las condiciones existentes para ese nuevo ciclo para el que fue electo. Eso conlleva a considerar que no mantiene las condiciones existentes de la anterior etapa, sino que se aplica para el cálculo y fijación salarial del alcalde el salario máximo pagado vigente cuando asume el nuevo período más el 10 %.", indica el criterio.
El documento del órgano fiscalizador cita el criterio DFOE-DI-0755 del 25 de abril de 2016, emitido en esa misma línea.
Fue presidenta de la RECOMM cobrando prohibición
Siendo directora de la UNGL, Karen Porras también lideró la Red Costarricense de Mujeres Municipalistas (RECOMM), representando simultáneamente a ambas organizaciones.
Pese a esta doble representación, documentos presupuestarios de la UNGL revelan que durante ese periodo Porras recibió el pago por prohibición, un incentivo económico destinado exclusivamente a funcionarios que se dedican de forma absoluta a su cargo y que, por ley, no pueden ejercer otro puesto, público o privado.
En el presupuesto de 2021, cuando aún presidía la RECOMM, la UNGL envió un desglose salarial a la CGR en el que se consigna que Porras recibía un 65 % adicional por concepto de prohibición, lo que representaba un ingreso mensual de ¢1,5 millones sobre una base de ¢2,3 millones. Su salario total ascendía así a ¢3,8 millones, cifra que a la fecha sigue recibiendo.
No obstante, la Ley 9635 para el Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, vigente desde 2018, establece que el pago por prohibición para profesionales con licenciatura no puede superar el 25 % del salario base. A pesar de ello, el porcentaje del incentivo que recibe actualmente Porras no ha sido ajustado.
