Consulado de New York tiene 10 días para dar nuevo pasaporte a adulta mayor
Autoridades costarricenses habrían extraviado documento de la afectada.
(CRHoy.com).-La Sala Constitucional dio un plazo de 10 días hábiles a las autoridades del consulado costarricense en New York para dar un nuevo pasaporte a adulta mayor, luego de perderle el documento a la misma.
La Sala resolvió el recurso de habeas corpus tramitado bajo el expediente 23-022881-0007-CO a favor de la costarricense de 73 años.
Según la recurrente, el pasaporte se le venció y donde ella reside en Wisconsin no hay consulado, por lo que tuvo que viajar a New York para tramitar el documento.
En la resolución se señala que el 1° de agosto del presente año, le indicaron (a la afectada) que el pasaporte le sería enviado a la dirección suministrada entre el 10 y el 15 de agosto del 2023, sin embargo, luego de más de un mes de espera, se le indicó que su pasaporte no había salido de las instalaciones del consulado.
Ante esto, le indicaron que debía hacer nuevamente el proceso, pese a su distancia, gastos de viaje y todo lo que conlleva, esto, pese a que su documento no había salido de las instalaciones de las autoridades.
En la sentencia N° 2023-025661, los magistrados consideraron lesionados los derechos fundamentales de la señora tutelada, pues el extravío del pasaporte fue responsabilidad del consulado y de la empresa USPS contratada por este.
Además, de que se le estaba obligando a la ciudadana a repetir todo el trámite y, encima de eso, a pagar por segunda ocasión el monto que ella había cancelado anteriormente.
Ante esto, la Sala declaró con lugar el recurso y dio un plazo de 10 días hábiles para que se le entregue el nuevo pasaporte a la afectada.
Se ordena a Arnoldo André Tinoco y Marta Vindas González, por su orden, ministro de Relaciones Exteriores y Culto y directora general de Migración y Extranjería, o a quienes respectivamente ocupen tales cargos, que coordinen lo correspondiente, giren las órdenes pertinentes y lleven a cabo todas las actuaciones que estén dentro del ámbito de sus respectivas competencias, para que, dentro del plazo máximo de DIEZ DÍAS HÁBILES, contados a partir de la notificación de este pronunciamiento, se expida y entregue de manera efectiva a la tutelada el pasaporte que fue requerido", se lee en el por tanto.
Asimismo, los magistrados condenaron al Estado al pago de los daños y perjuicios que se le causó a la recurrente.
"Se impondrá prisión de tres meses a dos años o de veinte a sesenta días multa, a quien recibiere una orden que deba cumplir o hacer cumplir, dictada dentro de un recurso de habeas corpus y no la cumpliere o no la hiciere cumplir, siempre que el delito no esté más gravemente penado.
Se condena al Estado al pago de los daños y perjuicios causados, los que se liquidarán en ejecución de sentencia ante la jurisdicción contencioso-administrativa", concluye el por tanto.