Conozca más sobre el Régimen de Interrelación Familiar: Derecho de los menores de edad
Según el código de familia: Es posible la suspensión del régimen de visitas
(CRHoy.com) ¿Conoce el funcionamiento del Régimen de Interrelación Familiar?
La abogada y notaria Rocío Córdoba, explicó ampliamente en el programa "Legalmente Hablando" cómo funciona y qué medidas alternativas tomar para tener una buena relación entre padres, sin que el menor se vea afectado.
¿Qué se entiende por Régimen de Interrelación Familiar?
Según el Sistema Costarricense de Información Jurídica (SCIJ) el Régimen de Interrelación Familiar se encuentra en el Código de Familia N° 5476, establecido en el artículo 141 indica que los derechos y las obligaciones inherentes a la responsabilidad parental no pueden renunciarse.
Asimismo, cuando se realice el reconocimiento de hijas e hijos menores habidos fuera del matrimonio, se deben acordar los atributos de responsabilidad (crianza, guarda y educación), esto último según lo dispuesto por el artículo 152, deberán exponer el caso ante un notario público, Registro Civil, sede judicial o Patronato Nacional de la Infancia (PANI).
Sin embargo, la abogada explicó que el régimen es conocido comúnmente como un "régimen de visitas", donde añadió que es el derecho supremo que tienen las personas menores de edad, adultos mayores y personas con discapacidad; de mantener contacto, compartir con las familias y no ser separados.
Es un proceso que debe ser relativamente fácil de poder establecer entre las partes, agregó Córdoba.
Ante las consultas realizadas por los usuarios, Rocío amplió en ¿Cómo deben hacer para regular el régimen de visitas?.
El régimen de visitas puede ser conversado por ambas partes para poder establecer de mejor manera los horarios, siempre tomando en cuenta y respetando las actividades que tiene el menor.
Si por el contrario no logran tomar acuerdos, deberán llevar el caso a un juzgado de familia y exponer la situación para determinar el porqué se está solicitando el régimen de visitas ante un juez, además, la notaria detalló que es importante llevar todas las fechas establecidas y conocidas por ambos, para evitar conflictos a futuro.
¿Puede un padre perder el Régimen de Visitas?
La experta explicó que sí es posible suspender el régimen de visitas en caso de que la persona encargada -con el régimen a favor- cometa algún delito o maltrato en contra del progenitor del menor y los hijos.
La creadora de Legalmente Hablando, enfatizó en que el interés superior es el niño, por tanto, el menor debe estar resguardado "en todo el sentido de la palabra".
Un ejemplo brindado por la notaria, "si el niño sale con el padre, lo dejan solo, lo llevan a bares para regresar a altas horas de la noche, salones de baile o lo dejan en un carro", usted puede solicitar a un juez la suspensión del régimen de visita.
Como parte de las recomendaciones de la experta, indicó que es importante asesorarse correctamente debido a que hay menores involucrados.
-Si desea conocer más detalles puede ingresar al siguiente video y seguir las transmisiones de Legalmente Hablando todos los miércoles a las 9 a.m. con la abogada Rocío Córdoba-