Congreso recargó al Poder Judicial con 30 leyes nuevas sin contenido presupuestario
Como respuesta a la ola de criminalidad y homicidios que azota a Costa Rica en los últimos años, la Asamblea Legislativa ha aprobado 46 leyes en materia de seguridad entre 2019 y 2024.
De ese total, 30 están relacionadas con el sistema de justicia y, por ende, su ejecución recae en el Poder Judicial. Sin embargo, únicamente seis de estas nuevas normas cuentan con recursos financieros asignados para su implementación.
En términos generales, los diputados (actuales y anteriores) agregan nuevas competencias sobre asuntos que antes no se judicializaban y ahora pasan a ser competencia del Judicial. La mayoría se aprueba sin contenido presupuestario específico.
El más reciente Estado de la Justicia 2025, informe elaborado por el Programa Estado de la Nación (PEN) y presentado este miércoles, advierte que al sistema judicial se le ha impuesto una mayor carga de trabajo sin otorgarle el presupuesto necesario para cumplir con esas competencias.
De acuerdo con el estudio, a partir de 2019 se identificó una tendencia creciente a la aprobación de leyes vinculadas con asuntos penales, en consonancia con un deterioro de la seguridad ciudadana en el país.
Gran parte de estas leyes son reformas al Código Procesal Penal, vigente desde hace 27 años. Aunque esta es la principal norma que establece las reglas del juego para el procesamiento de delitos, el periodo no ha sido estático en materia penal.
Se han realizado numerosas reformas legales que modifican sus alcances o alteran el Código Penal, así como la aprobación de leyes especiales que tipifican nuevos delitos y amplían la ya extensa lista existente.
El 46,7 % de las leyes aprobadas están relacionadas con tipos penales; el 30 %, con el proceso penal y el 13,3 %, con la competencia penal.
Solo el 10 % busca fortalecer el sistema de justicia penal desde aspectos como su financiamiento o herramientas administrativas, sin enfocarse directamente en los tipos penales, el proceso penal o la jurisdicción.
Esto demuestra que en los últimos años la seguridad ciudadana ha ocupado un lugar prioritario en la agenda legislativa.
Asimismo, se ha convertido en un tema de tensión entre el Poder Ejecutivo y el Legislativo, lo que ha generado críticas mutuas entre ambas instancias por la responsabilidad de la crisis que atraviesa el país, reflejada principalmente en el aumento de homicidios dolosos.
La base de datos del PEN sobre las leyes aprobadas en seguridad da cuenta que entre mayo de 2019 y abril de 2024 se registran 46 normas en esta materia.
De ellas, 30 tienen relación con el sistema de justicia penal y su aplicación, entendido como el conjunto de normas y prácticas estatales para perseguir conductas delictivas, procesarlas judicialmente y ejercer el poder sancionatorio.
Este sistema involucra a cuerpos policiales como el Organismo de Investigación Judicial (OIJ), a los tribunales, al Ministerio Público y a los organismos auxiliares y administrativos que intervienen en el proceso penal, incluyendo defensorías, procuradurías y el sistema encargado de la ejecución de penas.
El análisis de esta legislación, desde criterios de calidad, muestra que del total de 30 leyes aprobadas en materia penal, un 73,3 % modifica normas anteriores y solo un 26,7 % tiene como propósito la creación de nuevas disposiciones.
De esas 30 leyes, 24 han sido fundamentadas objetivamente y solo siete cumplen con el control de convencionalidad.
Otro hallazgo es que una de cada diez normas no designa qué ente o institución será responsable de su ejecución, y únicamente seis tienen asignado financiamiento o presupuesto específico.
"Este Informe demuestra que esta mayor conflictividad creará nuevas presiones de trabajo sobre los servicios judiciales, lo cual, de seguir la institución con una trayectoria inercial, puede redundar en mayores duraciones de los procesos.
Dadas las políticas de contención fiscal imperantes, la única vía para atender estas nuevas presiones es aumentando la eficacia y eficiencia. Las mejoras a la gobernanza y a los procedimientos judiciales son necesarias frente a las nuevas demandas y presiones", cita el documento.
Según el informe, estas características representan un desafío importante para su implementación y reflejan una problemática estructural de la política criminal costarricense: se continúan aprobando normas sin respaldo presupuestario.
Adicionalmente, el estudio señala que, pese a las reformas constantes al Código Procesal Penal, durante los talleres de consulta realizados para la elaboración del informe, la mayoría de las personas participantes expresó la necesidad de una reforma integral a dicha norma, producto de una discusión amplia y basada en evidencia.
En cuanto a la capacidad financiera, se advierte la necesidad de utilizar las prerrogativas de revisión de proyectos de ley que posee la Corte Plena para evitar la aprobación de normas que impongan nuevas tareas sin recursos asignados.
También se requiere una mejora en las estadísticas financieras que permitan determinar posibles desbalances presupuestarios, como, por ejemplo, la desatención a víctimas o a territorios específicos.
El informe señala además las consecuencias administrativas y presupuestarias que trajo la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, conocida como regla fiscal, entre ellas, la prohibición de redirigir partidas presupuestarias.
Ante esta situación, se propone revertir dicha norma mediante una disposición que permita al Poder Judicial administrar su presupuesto conforme a sus necesidades. Como parte de sus responsabilidades, el Estado de la Justicia insta a la cúpula judicial a repensar cuáles áreas administrativas podrían eliminarse o transformarse radicalmente para fortalecer el sistema penal.
Reformas legales aprobadas
Casi la mitad de las leyes de seguridad aprobadas por la Asamblea Legislativa se relacionan con tipos penales. El estudio evidencia un enfoque creciente en la protección de poblaciones vulnerables, como víctimas de violencia doméstica, menores de edad y adultos mayores.
La legislación también busca abordar formas emergentes —o poco reconocidas— de criminalidad, como el acoso sexual callejero, el grooming en línea y los préstamos ilegales conocidos como “gota a gota”.
Asimismo, el estudio observa un esfuerzo por reforzar la seguridad de la infraestructura pública y endurecer las regulaciones sobre armas de fuego.
Luego están los ajustes relacionados con el proceso penal. En general, las reformas reflejan una tendencia hacia la modernización del sistema penal costarricense, con énfasis en la eficiencia procesal, la protección de los derechos de víctimas y testigos, y la cooperación internacional en materia judicial.
Por ejemplo, la Ley 10.466, si bien no modifica directamente el proceso penal, busca mejorar la eficiencia administrativa en la provisión de recursos para la protección de víctimas y testigos. Por su parte, la Ley 10.465 fortalece los tribunales de flagrancia mediante la agilización de procedimientos y la imposición de plazos estrictos.
Las leyes 10.450 y 10.442 introducen cambios en la regulación de la libertad condicional, endureciendo las condiciones para su revocación y estableciendo criterios específicos para su obtención por parte de personas delincuentes primarias.
La Ley 10.405 busca optimizar los procedimientos iniciales en casos de fallecimiento y levantamientos de cuerpos, especialmente en la vía pública. La Ley 9.826 extiende significativamente los plazos de prescripción para delitos sexuales cometidos contra menores de edad y personas con discapacidad.
La Ley 10.380 refuerza la protección de víctimas y testigos y mejora la eficacia en ciertas diligencias investigativas. La Ley 10.200 incorpora el principio de doble conformidad en los juicios de reenvío, limitando la posibilidad de apelar una segunda sentencia absolutoria.
Finalmente, la Ley 10.111 aprueba un convenio con Cuba para la ejecución de sentencias penales, lo cual facilita el traslado de personas condenadas para que cumplan sus penas en su país de origen.
Crimen organizado
Entre las leyes aprobadas durante el periodo de estudio destacan dos reformas a la Jurisdicción Especializada en Delincuencia Organizada (JEDO), aprobadas en 2019 y 2023. Esta instancia tiene como antecedente la Ley 8.754 y fue creada mediante la Ley 9.481.
Se trata de una instancia judicial especial concebida para procesar a grupos dedicados al crimen organizado, mediante la implementación de procedimientos y plazos especiales.
Desde su creación, JEDO ha sido objeto de múltiples modificaciones: desde la definición misma de delincuencia organizada hasta la ampliación de sus competencias, la creación de tribunales especializados y el endurecimiento de requisitos para los jueces.
A pesar de su reciente entrada en funcionamiento, esta jurisdicción ya muestra signos de colapso. En entrevista con CR Hoy a mediados de 2024, el fiscal general de la República, Carlo Díaz, advirtió que, con apenas un año de implementación, la Jurisdicción está saturada y no logra dar abasto con la cantidad de casos asignados.
"Esta ha sido una labor bastante ardua, hemos tratado de llevar todas las causas de crimen organizado posibles a esta Jurisdicción. No obstante, la misma ya tiene un colapso.
Contamos con escasos recursos. De inicio se pensó que eran los adecuados, pero en la práctica vemos que no son los suficientes. Es parte de la realidad con la que contamos en esta Jurisdicción. Pese a los recursos que se dotaron se creía que alcanzarían, ya podríamos decir que no son suficientes", detalló Díaz entonces.