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Condicionan proyecto que regularía decomisos de droga en la calle

Deberá aprobarse con 38 votos porque afecta funcionamiento del Poder Judicial

Por Erick Carvajal | 24 de Abr. 2023 | 5:19 pm

(CRHoy.com).- El proyecto de ley que regula la acción de los jueces, fiscales y policías ante los decomisos de drogas en la calle deberá contar con la aprobación de 38 votos, ya que afecta el funcionamiento del Poder Judicial, así lo determinó un informe presentado por Rafael Segura Bonilla, magistrado de la Sala Tercera.

La iniciativa legislativa fue presentada por los diputados del Partido Frente Amplio y lo que busca es adicionar el artículo 58 BIS, a la "Ley Sobre Estupefacientes, Sustancias Psicotrópicas, Drogas de Uso No Autorizado, Actividades Conexas, Legitimación de Capitales y Financiamiento al Terrorismo".

"El juez, el fiscal o la policía podrán realizar la requisa de las personas que usan, consumen o portan sustancias psicoactivas en la vía pública, siempre y cuando existan motivos objetivos suficientes de razonabilidad y proporcionalidad y bajo las reglas de la sana crítica para presumir que lo hace con fines comerciales o con intención de lucro, único caso en el cual procederá el decomiso de la sustancia y se emitirá el acta correspondiente de inmediato indicando las razones concretas para dicho abordaje, así como la descripción de los hechos y la cantidad decomisada"

Además, se adiciona un transitorio en el cual se indica que el Ministerio de Seguridad Pública, con el Ministerio de Salud, y la Defensa del Poder Judicial, con un plazo de 12 meses, luego de la publicación de la adicción, deben crear un protocolo de abordaje policial basado en principios de racionalidad y proporcionalidad, que además garanticen el debido proceso y los derechos humanos de las personas que consumen dichas sustancias para uso y consumo personal, en el tanto las mismas deban ser decomisadas.

Segura Bonilla explicó ante los magistrados de la Corte Plena que en cuanto al artículo 58 BIS, no habría ninguna variación, ya que el Código Procesal Penal, establece la requisa personal en el artículo 189 y son similares:

"El juez, el fiscal o la policía podrán realizar la requisa personal, siempre que haya motivos suficientes para presumir que alguien oculta pertenencias entre sus ropas o que lleva adheridos a su cuerpo objetos relacionados con el delito. Antes de proceder a la requisa, deberá advertir a la persona acerca de la sospecha y del objeto buscado, invitándola a exhibirlo. La advertencia e inspección se realizará en presencia de un testigo, que no deberá tener vinculación con la policía. Las requisas se practicarán separadamente, respetando el pudor de las personas. Las requisas de mujeres las harán otras mujeres. Se elaborará un acta, que podrá ser incorporada al juicio por lectura"

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Transitorio, sí afecta

Sin embargo, la afectación al Poder Judicial estaría en el transitorio, porque menciona a la Defensa Pública y se le adiciona una nueva competencia en conjunto con el Ministerio de Seguridad Pública y el Ministerio de Salud, ya que se debe crear un protocolo.

"Se denota en el contenido de este proyecto, que sí afecta el funcionamiento del Poder Judicial, en el tanto se le asignan nuevas funciones a la Defensa Pública, órgano al cual se le obliga a realizar una coordinación interinstitucional para la elaboración de un protocolo de abordaje policial (…) no solo excede las competencias legales de la Defensa Pública, sino que su intervención para la creación de un documento que legitime la intervención policial, desnaturaliza el servicio público que brinda", comentó Segura Bonilla.

En la justificación del proyecto, los legisladores frenteamplistas, indicaron que "en la actualidad las autoridades policiales realizan intervenciones represivas a las personas que usan, consumen y portan sustancias psicotrópicas en la vía pública" y citaron a autoridades judiciales señalando que, según las estadísticas del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), "87,30 % de los decomisos de cannabis realizados en el país corresponden a decomisos menores de 5 gramos a personas que usan y consumen esta sustancia en la vía pública".

"Los datos develan que una amplia mayoría de los esfuerzos, movimientos, operativos o despliegues del aparato policial costarricense tienen como fin confiscar una cantidad muy pequeña de cannabis psicoactivo a las personas que lo usan y consumen. Descuidando así el problema central para el que son destinados estos recursos: la lucha contra el narcotráfico", señalaron en el documento.

Para los legisladores se debe regular y garantizar lo siguiente en estos decomisos callejeros:

  1. El primer eje fundamental, la protección de la dignidad y los derechos humanos de las personas consumidoras de estas sustancias.
  2. Un abordaje seguro y digno cuando corresponda el decomiso de dichas sustancias a las personas consumidoras con la necesaria elaboración de un protocolo que garantice seguridad jurídica a todas las partes involucradas.
  3. La obligación de la autoridad competente a elaborar actas de decomiso in situ, que garantizará al decomisado un informe de lo acontecido, así como una trazabilidad real para las sustancias que tendrá a su cargo la autoridad correspondiente

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