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Condenan a la CCSS por “tortura” a mujer que perdió a su bebé antes de dar a luz

Mujer denunció que vivió momentos de angustia en medio de su duelo

Por Jason Ureña | 18 de Ene. 2023 | 1:16 pm

(CRHoy.com) La Sala Constitucional condenó a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) por hacer vivir una "tortura" a una mujer que perdió a su hijo antes de dar a la luz en el servicio de Neonatología del Hospital Max Peralta en Cartago. 

Los magistrados declararon con lugar un recurso de amparo presentado a nombre de la paciente que tenía 8 meses de embarazo cuando perdió a su pequeño, en mayo del año pasado. 

"Comenta que en el área de ginecología estaban otras madres con sus bebes recién nacidos. Apunta que a la amparada la aislaron de las demás madres y niños en una sala de ginecología-maternidad para evitarle más estrés y depresión.

Sin embargo, una enfermera por ‘error' y ‘desconocimiento' colocó un bebé en la cama en la que estaba la tutelada por unos minutos para pesarlo, ya que la única pesa en el lugar estaba en esa sala", reza el recurso de amparo.

Según la mujer, "ir al baño era una tortura, pues en el trayecto siempre había madres con sus niños en brazos. Escuchar a los bebés provoca gran angustia".

Krisia Díaz Valverde y Karla Palma Picado, directora general y jefa a.i. del Servicio de Ginecología y Obstetricia de ese hospital, respectivamente, remitieron la posición del centro médico por medio de un informe ante el Tribunal.

"Debe señalarse que la amparada recibió atención médica oportuna y diligente y que lo reclamado corresponde al fuero interior de la usuaria quien refiere una inconformidad para con los hechos que presuntamente acontecieron en este centro, situación que escapa de la tutela constitucional, toda vez que no concurren elementos de juicio para determinar que existan Derechos fundamentales lesionados.

Sin embargo, es importante señalar a la Sala que, en vista de lo acusado se han realizado las gestiones pertinentes para evitar que este tipo de situaciones se puedan presentar sin que esto implique per se una aceptación de los hechos, asimismo debe acotarse con respecto a la pretensión de la amparada con respecto a contar con un espacio exclusivo para estas situaciones es sumamente difícil dadas las limitaciones estructurales, no obstante como se mencionó líneas atrás se han tomado las previsiones para eventuales casos como el que nos ocupa", reza el documento.

De acuerdo con las autoridades hospitalarias, las medidas para dar privacidad a las madres que se encuentran en proceso de duelo en algunos casos se han visto limitados por la falta de espacios que ha producido la atención de la pandemia del COVID-19, que ha generado una reorganización de los servicios debido a la poca infraestructura con la que se cuenta en el centro médico.

Aun así, los magistrados respaldaron la petitoria de la paciente y le ordenaron a las autoridades de la Caja que, en un plazo de 6 meses, se ponga en práctica en todos los centros hospitalarios del país el Protocolo Clínico de Atención Integral a las Mujeres con Pérdida Gestacional Temprana, para la actualización de la "Guía a la Atención de las Mujeres en el post-aborto" del 2006, así como el "Manual Metodológico para el desarrollo arquitectónico de los servicios de obstetricia con base en el modelo de atención calificada en el embarazo, parto y posparto".

Además, a las autoridades del Max Peralta, que se habilite un área para ubicar aquellas usuarias del Servicio de Ginecología y Obstetricia que hayan visto fallecidos sus neonatos durante su hospitalización y que se elabore un protocolo de atención hospitalaria para ello.

"Es importante aclarar que en este caso en particular no se cuestiona si hubo o no una indebida atención médica pre o post parto, pues la misma tutelada en su libelo de interposición admite que recibió una atención óptima durante su proceso de internamiento hospitalario. Si no lo que alega la parte tutelada, es la falta de implementación de medidas por parte del nosocomio accionado para evitar su contacto con madres y sus hijos recién nacidos, debido al duelo generado por la pérdida de su hijo.

Sobre este aspecto es importante señalar que la atención integral y humanizada de la muerte y el duelo por muerte gestacional y neonatal, es una pieza fundamental en el proceso de atención materno-perinatal. Trazar una política pública que normatice este asunto permitirá homogeneizar la calidad de atención que se le brinda a estos pacientes y sus familias, con el fin de respetar los derechos humanos que los pacientes y sus familias merecen en un momento tan sensible como este", sentenció la Sala.

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