Logo

Condenan a Fuerza Pública por detención arbitraria de mujer durante marcha

Policías detuvieron a joven de manera "injustificada" e "irrazonable"

Por Pablo Rojas | 17 de Oct. 2023 | 10:19 am
video-0-bd52rl

(CRHoy.com). La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia declaró con lugar un recurso de Habeas Corpus interpuesto contra la Fuerza Pública por la detención arbitraria de una joven durante una marcha contra la violencia policial.

El caso se remonta al pasado sábado 9 de setiembre en los alrededores de la Asamblea Legislativa, en San José.

El denunciante indicó que la persona fue detenida sin justificación en medio de las acciones de los policías que controlaban el movimiento.

Según se expuso en el recurso, los miembros de Fuerza Pública primero detuvieron a una tercera persona involucrada en la actividad. Luego, ante la disconformidad de los manifestantes por esa primera detención, un grupo de policías se abalanzó sobre ellos, agrediendo y deteniendo a varios.

La persona afectada fue detenida sin razón alguna por parte de los oficiales, pues no tenía relación con los encontronazos iniciales que ocurrieron en el sitio.

"Mediante la sentencia 2023-016417, la Sala Constitucional declaró con lugar el recurso. A partir de la prueba recabada, se tuvo por demostrado que hubo disconformidad generalizada de los manifestantes por la aprehensión de uno de ellos e, incluso, obstrucción de la labor de la unidad policial encargada en ese momento. Cuando el conflicto más bien mermaba, pues la persona aprehendida ya había sido retirada del lugar, llegó la Fuerza Pública y empezó a empujar a varios manifestantes para que retrocedieran, lo que desencadenó la situación de violencia", detalló el tribunal constitucional, a través de un comunicado de prensa.

La marcha se realizó el pasado 9 de setiembre. Foto Marco Monge

Los magistrados indicaron que la persona afectada, que no tenía relación directa con el otro sujeto detenido, solo estaba dentro de un grupo incluía a manifestantes y policías.

"Se estableció que otros policías empujaron a ese grupo, ocasionando que otras personas, incluyendo a una oficial de policía, cayeran al suelo. Al informar sobre tales hechos, las autoridades del Ministerio de Seguridad justificaron la aprehensión de la persona tutelada en el recurso porque, según alegaron, se había aprovechado de una situación de superioridad numérica para patear a una oficial de policía que se encontraba en el suelo. Pero, los videos analizados por la Sala evidenciaron que la amparada también había caído al suelo y en ningún momento había pateado a alguna oficial de policía", añadió el comunicado.

La Sala Constitucional consideró que la aprehensión de la persona tutelada fue injustificada e irrazonable.

"Se advierte que la resolución de cada asunto se resuelve de acuerdo con los elementos probatorios que se agreguen al expediente", apuntó el tribunal.

La magistrada Anamari Garro Vargas salvó el voto y declaró sin lugar el recurso en atención a algunos aspectos probatorios.

La sentencia íntegra está en proceso de notificación a las partes.

En la resolución se condenó al Estado al pago de los daños y perjuicios causados con los hechos que sirvieron de base en el caso.

Comentarios
3 comentarios
OPINIÓNPRO