¿Cómo afectará el IVA a los servicios financieros?

Imagen con fines ilustrativos. (CRH)
(CRHoy.com) La mayoría de servicios financieros estarán exentos de pagar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) a partir de julio, según el artículo 11, inciso 7 de la ley correspondiente.
Entre los puntos exonerados se destacan: las líneas de crédito, de préstamo, créditos documentarios, préstamos titularizados, trámites de letras de cambio, cheques, libranzas, también los rendimientos generados producto de créditos por descuento de facturas; así como los arrendamientos financieros.
Además, no pagarán impuesto los créditos por descuento de facturas, transferencias bancarias y no bancarias, retiros de efectivo, independientemente del medio en que se realice, tales como retiro en caja, cajero automático, cambio de cheques, el pago de servicios e impuestos, la compra, venta o cambio de divisas, comisiones de tarjeta de crédito y débito, gestiones de carteras por las administradoras de fondos de inversión o de capital de riesgo o de fondos inmobiliarios y certificados de depósito, entre otros.
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“Dada la complejidad del sector financiero y los múltiples servicios que se brindan es importante que el usuario esté al tanto de los cambios y cuáles servicios están exentos del pago del IVA. Desde la Asociación Bancaria Costarricense estamos muy interesados en informar a la ciudadanía de las eventuales modificaciones”, señaló María Isabel Cortés, Directora Ejecutiva de la Asociación.
¿Qué pagará impuesto?
La ley indica que las ganancias de capital, generadas por ahorros o Certificados de Deposito a Plazo pasarán a pagar un 15%, en vez del 8% que se cobra actualmente.