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¡Comercio al aire libre en San José será una realidad! Así se podrá obtener el permiso

Por Francisco Ruiz | 22 de Ago. 2025 | 6:35 am

El comercio al aire libre será una realidad en San José tras la aprobación del reglamento respectivo por parte del Concejo Municipal a inicios de agosto, el cual entrará en vigencia una vez se publique en el diario oficial La Gaceta.

El reglamento llega luego de que la Asamblea Legislativa aprobara en el 2022 la Ley de Comercio al Aire Libre (10.126), que faculta a las municipalidades para autorizar estos permisos.

Ante el inminente inicio de esta nueva modalidad de comercio en San José, CR Hoy consultó al gobierno local los detalles de este reglamento.

Los requisitos

Los negocios del cantón de San José que quieran aplicar por el permiso de comercio al aire libre deben contar con la licencia de alimentos y bebidas.

En la solicitud, el establecimiento debe presentar un croquis en el cual debe detallar las dimensiones del espacio, la distribución del mobiliario y los anchos libres para el tránsito peatonal.

El costo

Los negocios josefinos deberán pagar un canon por el permiso por el concepto de ocupación del espacio público.

Este canon se calcula de la siguiente manera: el monto trimestral de la patente comercial del solicitante dividido entre cien y multiplicado por los metros cuadrados a utilizar.

El área máxima autorizable es de 50 metros cuadrados (m²).

Existe la posibilidad de exoneraciones temporales de hasta seis meses para micro, pequeñas y medianas empresas con el fin de incentivar la actividad.

Términos y condiciones

Este permiso es temporal, lo que significa que la administración municipal puede revocarlo por razones de oportunidad o conveniencia, sin responsabilidad, aunque debe hacerlo en un "plazo prudencial".

El mobiliario permitido debe ser "liviano" y no permanente, es decir, que al final del día se pueda remover y guardar. Esto incluye mesas, sillas, bancas, elementos de protección climática (como sombrillas o toldos), mesas auxiliares, basureros, macetas, entre otros.

Está prohibido el uso de calentadores de gas u otros dispositivos  que emitan gases de efecto invernadero.

Los comercios deben garantizar un ancho mínimo libre en las aceras de 1,30 metros para el paso peatonal. Esta medida aumenta a dos metros en vías de alto tránsito y a cuatro metros en bulevares.

La Municipalidad exigirá la instalación de elementos de protección o separadores móviles como bolardos o jardineras para delimitar el espacio en calles.

Al ser un permiso temporal, hay tres términos que el gobierno local aclaró. El primero es que no crea derechos adquiridos, por lo que puede revocarse si las condiciones lo ameritan o si el permisionario incumple las condiciones.

El segundo es que es de carácter restrictivo, lo que significa que se debe respetar el fin específico. Cualquier actividad adicional no contemplada en el permiso está prohibida.

El tercero es que, aunque se pague un canon, esto no convierte el permiso en un contrato de arrendamiento o en un derecho absoluto.

Dónde se aplicará 

El comercio al aire libre en San José será aplicable en aceras, bulevares, plazas, parques y vías cantonales, siempre que se cumplan las condiciones para habilitarlo y con algunas restricciones.

En parques y plazas el área máxima autorizada por patentado no puede superar el 10% del espacio total de ese espacio público y nunca se podrá utilizar la zona verde.

El límite para comercio al aire libre en un parque o plaza será del 40% del espacio publico total, lo que quiere decir que serían hasta cuatro comercios habilitados si cada uno utiliza el 10%.

En intersecciones se debe conservar un espacio de 10 metros desde el vértice externo de la esquina de la cuadra, a menos de que el mobiliario se coloque adyacente al establecimiento.

Uno de los objetivos es evitar que pocas personas acaparen el espacio público, por lo que la Municipalidad realizará una valoración previa del área solicitada.

Sanciones

El reglamento procura evitar que los restaurantes operen como bares o cantinas al aire libre.

De encontrarse anomalías, se aplicarán las sanciones previstas en la Ley de Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico (9.047).

Esa ley establece, por ejemplo, una sanción de entre uno y 10 salarios base a los negocios que excedan los límites de comercialización de la licencia con la que opera, o para los que vendan bebidas alcohólicas más allá del horario permitido.

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