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Avanza proyecto que prohibiría “terapias para curar” homosexualidad

Reforma busca respetar derechos de personas sexualmente diversas

Por Alexánder Ramírez | 11 de Jul. 2019 | 12:23 pm

El diputado José María Villalta, del Frente Amplio, se mostró satisfecho con el dictamen afirmativo. (Daniela Abarca/CRH).

(CRHoy.com) -Un proyecto de ley que pretende prohibir las llamadas "terapias de reconversión" de las personas sexualmente diversas dio un paso más en la Asamblea Legislativa.

La iniciativa -impulsada por el diputado José María Villalta, del Frente Amplio (FA)- fue dictaminada afirmativamente por la Comisión de Derechos Humanos del Congreso.

Se trata de una reforma a la Ley General de Salud que busca respetar los derechos de las personas LGBTI y eliminar esas "terapias de curación", porque carecen de fundamento científico, implican graves riesgos para la salud y constituyen una práctica discriminatoria que violenta la dignidad humana.

Una de las enmiendas es agregar un artículo 35 a esa normativa que diría: "Queda prohibido amenazar, coaccionar o forzar a una persona a esconder, modificar o negar sus características sexuales, identidad de género, expresión de género u orientación sexual, así como a someterse a tratamientos  de cualquier índole que pretendan convertir, revertir o modificar a modo de pretendida curación sus características sexuales, expresión de género, identidad de género u orientación sexual y que representen una amenaza para su salud, bienestar y libertad individual. De lo anterior se exceptúa todo tratamiento y servicio de salud de tipo afirmativo del género y sexualidad sustentado en criterios científicos según estándares internacionales, que obedezcan a la propia decisión de la persona y tengan por finalidad asegurar su propio derecho a la salud y a la identidad".

También agregaría un artículo 68 bis, según el cual: "Queda prohibida cualquier terapia aversiva que pretenda suprimir, revertir o modificar a modo de pretendida curación las características sexuales, expresión de género, identidad de género u orientación sexual de las personas lesbianas, gays, bisexuales, transgénero e intersexuales. Esta prohibición no afecta los tratamientos y servicios de salud de tipo afirmativo del género y sexualidad, sustentados en criterios científicos según estándares internacionales, y que tengan por finalidad asegurar su propio derecho a la salud y a la identidad".

La reforma, además, prohibiría la publicidad o propaganda engañosa sobre las "terapias de reconversión".

Quien incumpla las disposiciones sería sujeto de las siguientes sanciones:

  • Pena de sesenta a cien días multa.
  • En caso de reincidencia, además de la multa anterior, se impondría la suspensión del ejercicio de la profesión hasta por un lapso de tres años tratándose de una persona física y la cancelación de la respectiva licencia o permiso sanitario de funcionamiento a la respectiva persona jurídica.

"La Organización Mundial de la Salud, el Colegio de Psicólogos y los expertos han dicho que estas terapias no tienen fundamento científico y son una forma de tortura, así como una agresión a los derechos humanos", declaró Villalta.

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