Autoridades podrán usar embarcaciones incautadas al narcotráfico para lucha contra el crimen
Los diputados aprobaron este martes en segundo debate una reforma a la Ley de Creación del Servicio Nacional de Guardacostas, que busca agilizar el proceso para que las autoridades puedan utilizar embarcaciones y otros bienes navales incautados al crimen organizado.
El diputado del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC) Horacio Alvarado, impulsor de la propuesta, explicó que estas embarcaciones incautadas podrán ser donadas a diferentes asociaciones de desarrollo o comunales.
"Las municipalidades que tienen costas y ríos donde esas embarcaciones puedan circular, podrán utilizarlas para dar un servicio de vigilancia a esas comunidades", señaló.
La diputada del Frente Amplio (FA) Priscilla Vindas, explicó que la reforma beneficiará a las comunidades impactadas por el narcotráfico, ya que pequeñas agrupaciones comunales podrían acceder a donaciones de equipo por no ser de utilidad para el Servicio Nacional de Guardacostas.
Según el texto del proyecto, a lo largo de los años más de 400 embarcaciones se encuentran en ambas costas producto de actividades ilícitas, muchas en una condición calamitosa por el transcurso del tiempo.
Dice el proyecto aprobado: "Los bienes de naturaleza naval dados en depósito judicial a favor del Servicio Nacional de Guardacostas, en caso de ser declarados en comiso, serán trasladados a favor de este. Entiéndase como dichos bienes las embarcaciones, los buques, los botes de todo tipo, los motores fuera de borda, las motos acuáticas y cualquier categoría de implementos o equipo de navegación ingresados al patrimonio nacional".
En caso de que los bienes comisados no sean de interés o utilidad para las labores policiales de los Guardacostas, se autoriza para entregarlos en pago por la adquisición de equipo, repuestos y otras necesidades materiales, previo visto bueno de la Contraloría General de la República y mediante los procedimientos jurídicos vigentes.
También queda autorizado a donarlos, por medio de la Comisión de Donaciones del Ministerio de Seguridad Pública, a las instituciones públicas u órganos de la administración pública con competencias o ubicadas en zonas costeras o fluviales y para su uso en ellas.
Incluye también a las municipalidades con zonas costeras, fluviales o lacustres; a organizaciones pesqueras que pretendan incursionar en actividades productivas diferentes de la pesca, que aporten la debida certificación de ello.
"Tratándose de embarcaciones halladas en abandono por el Servicio Nacional de Guardacostas, este publicará en el diario oficial, por una sola vez, un edicto que ponga en conocimiento de terceros el hallazgo, otorgando un mes para reclamar derecho sobre el bien", agrega la reforma.
Se establece además un transitorio para que tras publicar la lista, luego de un mes, se autoriza al Servicio Nacional de Guardacostas a desechar y destruir todo tipo de embarcaciones y equipo de navegación que se encuentren en su posesión que representen un peligro para la salud por su estado de deterioro; siempre que no sean evidencia de un proceso judicial y no exista gestión de interesado durante los últimos dos años.