#AsíSeHace el trámite para sacar mascotas del país
Cada país establece los requisitos.
(CRHoy.com) ¿Sabe usted que para sacar mascotas del país y trasladarlas al extranjero debe contar con un permiso especial? El trámite es un poco tedioso y no es tan fácil como decirlo.
Aunque en Costa Rica hay empresas que se encargan de hacer todo el papeleo, para que el dueño solamente se encargue de llevárselo, también puede hacerlo cada quien por su cuenta. Lo que sí debe saber es que puede durar varios meses.
De acuerdo con el Servicio Nacional de Salud Animal (Senasa), el certificado de exportación que respalda las salidas de perros y gatos es elaborado inicialmente por el médico veterinario privado que inspecciona la mascota, y debe cumplir con los requisitos sanitarios establecidos por el país de destino.
Luego, estos documentos deben ser revisados y firmados por los médicos veterinarios del Senasa para que ellos lo validen y emitan el certificado por el Gobierno de Costa Rica.
En un documento facilitado por Senasa señalaron que, en el caso de las mascotas que han permanecido en países no reconocidos como libres de rabia canina, y que se desplacen a países que formen parte de la Unión Europea, miembros de European Free Trade Association (EFTA) y Reino Unido deben cumplir con lo establecido en el artículo 10 del Reglamento UE N° 576/2013 de 12 de junio de 2013, que se resumen a continuación:
- Implantación de microchip por un médico veterinario autorizado (previo a la vacunación contra la rabia).
- Vacunación contra la rabia a partir de las doce semanas de edad (3 meses); la administración de la misma no debe preceder la fecha de aplicación del microchip, si ya cuenta con este o tatuaje, debe indicar la fecha de lectura, previo a la vacunación.
- Toma de muestra de sangre 30 días después de la fecha de vacunación contra la rabia, que será analizada en un laboratorio autorizado por la Unión Europea. El resultado del laboratorio debe indicar que el animal desarrolló anticuerpos contra la rabia. La salida de la mascota será autorizada 3 meses después de la toma de la muestra de sangre.
Las mascotas que deben ir acompañadas con un documento de identificación deben cumplir con los siguientes pasos para la revisión por parte del médico veterinario del Senasa:
- Enviar documentos a la Dirección de Cuarentena Animal (DCA) del SENASA para revisión del trámite al correo electrónico cuarentena@snasa.go.cr
- El médico veterinario particular debe gestionar el refrendo de los documentos en la DCA en oficinas centrales del SENASA, presentando la documentación del trámite.