#AsíSeHace el trámite para los paquetes retenidos en Aduanas
(CRHoy.com) En los envíos postales, muchos de los paquetes pasan un proceso en el Servicio Nacional de Aduanas, para saber qué contienen y si cumplen con lo que establece la ley. Esa revisión se hace al azar.
Hasta el año anterior, el proceso lo debía realizar directamente el cliente, pero debido a la pandemia por COVID-19 y para evitar largas filas y contagios, ahora el trámite lo hace Correos de Costa Rica.
Una vez que el paquete llega al país y si queda retenido, Aduanas notifica a la persona por mensaje de texto o correo electrónico, para que gestione con Correos la documentación correspondiente y pueda liberar el mismo.
Todas las mercancías que se compran por Internet están sujetas al pago de impuestos y deben cumplir con los permisos de importación. Aquellos paquetes que son seleccionados por las autoridades, se abren y los dueños deben tramitar la declaración aduanera de oficio y cancelar lo correspondiente.
Los requisitos para retirar los paquetes están detallados en el Aviso de Llegada de Mercancías (haga clic aquí), pero básicamente es el documento de identidad y la factura o comprobante de pago para verificar el valor de las mercancías.
La factura se solicita porque con ella las autoridades calculan los impuestos correspondientes. En caso de no tenerla, el usuario puede adjuntar las capturas de pantalla de la página donde hizo la compra, así como del artículo y su respectivo valor.
El Ministerio de Hacienda aclaró que, en caso que los funcionarios tengan dudas, pueden solicitar al usuario el historial de pedidos de la aplicación donde compró la mercancía, estados de cuenta, o cualquier otra información de relevancia para determinar el valor de transacción.
Los impuestos se calculan con base en la clasificación arancelaria y el valor aduanero de las mercancías.
Además, existe la posibilidad de que la persona solicite la exoneración de impuestos, para lo cual debe hacerlo con el funcionario de Correos de Costa Rica y solo en los siguientes casos:
- El destinatario no puede ser una persona jurídica.
- El valor de la mercancía no puede superar los $500.
- La mercancía debe ser para uso o consumo del destinatario o su familia.
- Esta exoneración solo se puede pedir una vez cada 6 meses.
El cliente debe llenar un formulario para que Correos de Costa Rica haga todos los trámites respectivos. Puede verlo haciendo clic aquí y debe enviarlo al correo tramiteaduana@correos.go.cr
Luego, deberá cancelar lo correspondiente a tasas postales y almacenaje, monto que le indicará la entidad.
Una vez enviada y recibida la solicitud, la Aduana Postal le enviará un oficio digital para que el usuario pueda realizar el pago de los impuestos en cualquier entidad bancaria.
Cuando se haya efectuado el pago y verificado los datos, la Aduana Postal realizará el levantamiento de la mercancía y la entregará a Correos de Costa Rica, que finalmente lo contactará para coordinar la entrega a domicilio. Puede ver el trámite aquí.
Es importante que sepa que hay algunos artículos que tienen restricciones y que requieren los permisos del Ministerio de Salud o del Servicio Nacional de Salud Animal (Senasa) para su importación. Si usted desea saber cómo se hace, puede leer la información desplegando la siguiente casilla:
--> Ministerio de Salud: Ubicado en el primer piso del Edificio Norte (contiguo a la morgue del Hospital San Juan de Dios), teléfono 2257-782.
Requisitos:
-Carta de solicitud del importador, indicando el motivo y destino del producto importado, señalar cantidad, marca y peso del mismo.
-Copia de la factura u orden, detallando el tipo de producto y cantidad.
-Guía o aviso de llegada de la mercancía. Este documento se imprime en Servicio al Cliente de Correos de Costa Rica.
-En caso de medicamentos, deberá aportar epicrisis y receta médica.
-Para equipo y material biomédico, deberá aportar recomendación médica y las especificaciones técnicas del producto.
La documentación debe ser presentada en las ventanillas de atención al público, donde se les asignará una boleta con la que retirará posteriormente respuesta a su solicitud.
Servicio Nacional de Salud Animal (Senasa): La mercancía debe ser sometida a una revisión física por parte de los funcionarios de Senasa,
quienes conforme a lo coordinado, revisarán la mercancía en su presencia.
El interesado debe remitir un correo electrónico a efectos de coordinar la visita en las instalaciones de Correos de Costa Rica, a las siguientes
direcciones electrónicas: asanchez@senasa.go.cr y riveraml@hacienda.go.cr (Puesto de Aduana Postal).
Los teléfonos de Senasa son los siguientes: 2587-1790, 2587-1600, 2505-6830, 2505-6822, 2505-6814, 2505-6805.
Requisitos:
-Lista de las mercancías que requieren el permiso de importación, con detalle de la descripción de contenido, cantidad, peso y marca.
-Aportar copia de la factura, orden de compra, o declaración de exportación CN22, CN23, CP71.
-Aportar aviso de llegada (Este documento se imprime en Servicio al Cliente de Correos de Costa Rica).
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Otra cosa que debe saber es que, si usted va a hacer alguna compra por Internet y paga una empresa de paquetería, esta debe contar con el permiso respectivo del Ministerio de Hacienda, pues de lo contrario podría perder la mercancía. Esta entidad retiene dichos paquetes cuando existen irregularidades con las compañías conocidas como "casilleros" y no se liberan al menos que regularicen su situación conforme a derecho.
Si usted tiene alguna consulta sobre esta nota o propuesta de algún tema para la sección #AsíSeHace, puede escribir al correo yaslin.cabezas@crhoy.com