Ariel Robles celebra resoluciones de la Sala IV sobre Refugio Gandoca-Manzanillo
La Sala Constitucional anuló el plan de manejo del Refugio Gandoca-Manzanillo en Limón y una directriz del Ministerio de Ambiente y Energía (Minae). Uno de los diputados que celebró esta decisión fue Ariel Robles, del Partido Frente Amplio (FA), según expresó en una consulta realizada por CR Hoy.
Este medio se comunicó con el legislador luego de que la Sala IV difundiera un comunicado de prensa sobre el tema. Robles respondió mediante un mensaje enviado por WhatsApp.
El plan de manejo y la directriz del ministro de Ambiente fueron medidas utilizadas para favorecer a grupos económicos, como el representado por el vecino del presidente de la República, Allan Pacheco Dent, pasando por encima de criterios ambientales y de la protección del refugio de vida silvestre.
La Sala demuestra que esas decisiones fueron en perjuicio del ambiente. Celebramos que esto se señale. Desde un inicio dijimos que esa directriz emitida por el ministro de Ambiente, en lugar de firmar el decreto para redefinir los límites del refugio, era un favor político absolutamente cuestionable.
Robles ha sido uno de los diputados que más criticó las decisiones del Minae y del Poder Ejecutivo en torno a este tema, sobre el cual la Sala detalló su fallo la noche de este miércoles.
Por mayoría, se declaró que el Plan General de Manejo del Refugio de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo 2017-2023 es inconstitucional, por vulnerar los artículos 50 y 89 de la Constitución Política y la ‘Convención Relativa a los Humedales de Importancia Internacional, Especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas', también conocida como ‘Convención de Ramsar'.
Además, el fallo anuló una decisión del ministro de Ambiente, Franz Tattenbach, quien en 2023 desacreditó un estudio técnico que advertía sobre la presencia de un río cerca de una propiedad del empresario Pacheco Dent.
En cuanto a la directriz No. 09-2023 del ministro de Ambiente y Energía, del 17 de agosto de 2023, por mayoría, se declaró con lugar la acción por lesionar los numerales 50 y 89 de la Constitución Política y, en consecuencia, fue anulada por inconstitucional.
Dicha disposición contenía lineamientos dirigidos a funcionarios del ministerio, opuestos a la tutela ambiental dispuesta por la Sala en relación con áreas forestales y humedales, conforme a las sentencias 12745-2019, 3959-2024 y 10951-2024.