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Antivacunas que protestaron con licor en Presidencia pidieron que les devuelvan bienes

Sala Constitucional declaró sin lugar el recurso al no encontrar violación por parte de las autoridades

Por Jason Ureña | 29 de Nov. 2022 | 6:27 pm

(CRHoy.com) El grupo antivacunas que se manifestó en octubre anterior en Casa Presidencial, en Zapote, interpuso un recurso de amparo solicitando la devolución de los bienes que les decomisaron en la intervención policial. 

Entre las cosas encontradas figuraban galones de gasolina y botellas de licor, entre otras cosas, como las actas de los participantes de la protesta.

En el recurso, los manifestantes aseguraron que el campamento que montaron afuera de la sede del Poder Ejecutivo fue motivado por el incumplimiento de las promesas dadas por el presidente Rodrigo Chaves en campaña política. 

Sobre todo, luego de conocerse la obligatoriedad de la vacuna contra el COVID-19 en la población pediátrica menor de 5 años y el requisito de esquema de vacunación completo que había pedido la ministra de Salud, Joselyn Chacón, al Ministerio de Educación Pública (MEP).

"Añade que la policía al llevar a cabo el operativo de desmantelar el campamento pacífico se llevó además de los signos de la manifestación, los alimentos, una hielera con tres botellas de ron y dos galones de gasolina que utilizaban para alimentar la planta eléctrica del parlante que no era necesario decomisar porque no tenía ningún uso ilegal.

Insiste en que la actuación desplegada por las autoridades accionadas implica un exceso que violenta los derechos fundamentales de los manifestantes. Además, considera que debe ordenarse la devolución de los artículos decomisados", citó la Secretaria del Tribunal al amparo pedido por una ciudadana identificada como Rocío.

El recurso fue interpuesto contra el Ministerio de Seguridad Pública (MSP), la Municipalidad de San José, el presidente de la República, Rodrigo Chaves Robles, a quien acusan por no atenderlos durante los varios días que se extendió la protesta.

Según la queja, la manifestación no provocó una afectación en libre tránsito, ni alteró el orden público y tuvo como finalidad transmitir el malestar el grupo de padres de familia.

La Sala Constitucional solicitó un informe de las autoridades recurridas para conocer su posición ante la denuncia interpuesta por las ciudadanas que salieron en representación del grupo manifestante en contra de la vacunación contra el COVID-19.

"Es cierto que, al momento de nuestra intervención, se encontraron como se indicó toldos armados, mesas, enseres de cocina, bolsas con trastos varios, alimentos, botellas de licor, tiendas de campaña, sillas, dos bidones de gasolina, entre otros, todo sobre vía pública y en la acera obstruyendo el libre tránsito peatonal"

"Que, respecto a la actuación de nuestra Dirección, se procedió al decomiso de los bienes que obstruían el libre paso peatonal, así como otros bienes y elementos que se encontraban en el sitio, y al no haber persona responsable por dichos bienes, se procedió a confeccionar las actas de hallazgo Números 139805-139637-139806 y 139807", respondió Paula Vargas, en su condición de Alcaldesa a.i. y Marcelo Solano, director de la Policía Municipal de San José.

Las autoridades josefinas reiteraron en el informe ante el Tribunal que "nadie acreditó la propiedad de los bienes en cuyo caso lo que procede es realizar acta de hallazgo que respalde el retiro de los bienes que causaban dicha obstrucción en las aceras públicas". 

Policía llegó a levantar campamento de antivacunas en Zapote | Cortesía

En todo caso, desde el municipio manifestaron que los recurrentes podían apersonarse a la bodega del gobierno local, con facturas que demuestren que son propietarios de los bienes decomisados y así se les haría la correspondiente devolución.

Al revisar el caso, los magistrados de la Constitucional concluyeron que las autoridades recurridas no violentaron el derecho a manifestarse de los denunciantes que pidieron amparo, por cuanto no hubo detenidos y el decomiso se realizó con la intención de velar por el libre tránsito, por lo que el recurso fue declarado sin lugar.

"… si bien cualquier ciudadano tiene derecho a expresarse con igual protección Estatal, sin entrar en categorías y mucho menos en discriminaciones, lo cierto es, que las autoridades municipales tiene la obligación de asegurar el libre tránsito de personas y, dado que en este caso se obstaculizó, no resulta excesivo, ni constituye un abuso de poder, el hecho de que se haya procedido a retirar los obstáculos"

"Deberán, si lo estiman oportuno los dueños de los artículos decomisados, cumplir los requerimientos legales si desean que los mismos les sean devueltos por las autoridades municipales. Finalmente, considerado los hechos probados y la prueba aportada a los autos, considera este Tribunal que no se constituyen los elementos probatorios que demuestren una afectación del derecho de manifestación, de reunión y asociación pacífica", concluyó la Sala.

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