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Agosto trae cambios en IVA para comercializar e importar carros

Se mantiene tarifa general del 13%

Por Carlos Mora | 26 de Jul. 2023 | 5:11 am

(CRHoy.com) Los contribuyentes que sean comercializadores e importadores de vehículos nuevos y usados tendrán nuevas reglas a partir de agosto para la declaración y el pago del impuesto al valor agregado (IVA). 

A partir del 1 de agosto quienes se dediquen a esta actividad económica deberán liquidar e IVA bajo el régimen general y no por medio del régimen especial que se venía utilizando, con base en el cual el IVA se liquidaba únicamente a nivel de aduana.

Este cambio se contempla en Decreto Ejecutivo N° 44070-H "Derogación Parcial del Decreto Ejecutivo N°32458-H del 6 de junio de 2005 y Procedimiento para la Recaudación y la Determinación del Crédito Fiscal por la Comercialización e importación de Vehículos Nuevos y Usados".

Para estos contribuyentes no habrá  ningún incremento en el IVA para la comercialización e importación de vehículos nuevos ni usados. Tanto la base imponible como el tipo impositivo del impuesto siguen siendo los mismos.

Por otra parte, se deja sin efecto la liquidación del IVA bajo el sistema especial, el cual utilizaba un margen estimado de ganancia del 25% y cuyo cobro se daba en aduanas.

La  liquidación del IVA cuya tarifa general es del 13% se deberá realizar de acuerdo con el sistema general del impuesto, establecido en la Ley del Impuesto al Valor Agregado, es decir, en cada una de sus etapas de comercialización sobre vehículos nuevos y/o usados no inscritos.

Se debe tomar en cuenta que el impuesto se origina en la importación y comercialización de vehículos nuevos y usados no inscritos en el territorio nacional. Por lo tanto, los traspasos posteriores (en cualquiera de sus modalidades) sobre vehículos inscritos en el Registro Público no están sujetos al IVA.

Según establece el decreto, los comercializadores e importadores de vehículos nuevos y usados tendrán derecho de un crédito fiscal sobre los vehículos no inscritos que tengan en los inventarios, con corte al 31 de julio del 2023. Dicho crédito corresponderá al IVA consignado en la Declaración Única Aduanera (DUA).

La Dirección General de Aduanas procederá con las modificaciones en el sistema TICA para ajustar la carga tributaria de los incisos arancelarios de los vehículos importados.

En los demás temas no relacionados con el cobro anticipado del IVA interno en aduana, se mantiene vigente el Decreto N°32458-H.

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