Acuerdo por $65 millones entre ICE y RACSA tendría cobertura 5G limitada y obligaría a usar dos tarjetas
El contrato por casi $65 millones entre el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) y su subsidiaria Radiográfica Costarricense (RACSA) para ofrecer servicios de redes 5G ya fue avalado.
La Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL) confirmó que tiene la competencia de revisar, ajustar e inscribir los acuerdos de acceso e interconexión suscritos entre los operadores y proveedores de servicios de telecomunicaciones de conformidad con los artículos 40 al 45 del Reglamento de Acceso e Interconexión de Redes de Telecomunicaciones.
"El contrato remitido por Radiográfica Costarricense, S.A. y el Instituto Costarricense de Electricidad para la prestación de servicios de acceso bajo la modalidad de operador móvil virtual corresponde a un contrato de acceso e interconexión y por tanto, su revisión se enmarca dentro de las facultades anteriormente descritas.
Dicho contrato fue avalado por la SUTEL mediante la resolución RCS-176-2025, aprobada mediante acuerdo 031-043-2025 del 7 de agosto del 2025", indicó el ente regulador tras consulta de CR Hoy.
Se trata de un acuerdo entre ambos operadores públicos de telecomunicaciones para dar conectividad de servicios móviles 5G a 600,000 clientes, pagándole $539,205.29 mensuales durante diez años a RACSA, para un total $64,7 millones.
Ambas entidades pretendían declarar confidencial el contrato para comercializar servicios de quinta generación bajo la figura de operador móvil virtual (OMV), pero la SUTEL rechazó dicha petición.
Servicios limitados
En documentos intercambiados entre SUTEL y RACSA, -previos al pronunciamiento de la SUTEL- el ente regulador había solicitado que se aclararan los términos del documento, ya que quedaba en evidencia que los usuarios del ICE tendrían que utilizar dos tarjetas, ya sean SIM o eSIM, para conectarse al sistema dependiendo de la zona geográfica en que se encuentren y verse obligados a hacer itinerancia entre redes 5G y 4G e incluso 3G, sujeto a la cobertura de las 600 radiobases de la subsidiaria del ICE.
En la tercera adenda al Acuerdo de contrato de acceso e interconexión de operador móvil virtual entre RACSA (OMR) y el ICE (OMV), se modificó el Anexo 2 "condiciones técnicas, punto 2. Descripción técnica del servicio de OMV para el ICE", adicionando el inciso a), que establece lo siguiente:
Para que los clientes del ICE puedan acceder a los servicios de Internet móvil 5G de RACSA, este entregará al ICE las tarjetas SIM o eSIM preaprovisionadas para que puedan ser entregadas al usuario final, quién utilizará la tarjeta SIM o eSIM de kölbi para sus servicios de voz, SMS, datos 3G,4G y la tarjeta SIM o eSIM de RACSA, para utilizar los servicios de internet móvil 5G de RACSA.
Para la interconexión entre las redes de transporte del ICE y RACSA, en los casos que se requiera, se despliega en los sitios de San Pedro, Alajuela por medio de dos interfaces Ethernet 10 Gbps por sitio, interconectadas utilizando fibra óptica desplegada entre los puntos de interconexión, los enlaces se agrupan para permitir un ancho de banda de hasta 20 Gbps por sitio. Adicionalmente se interconectan elementos de red en capa 2, esto en la Central ICE de Oeste (Pavas) hacia los elementos RACSA en Plaza Mayor, que contempla la capacidad de 20 Gbps para tráfico que requiera ser enrutado a la red de transporte de RACSA.
De hecho, la SUTEL solicitó en el oficio 02002-SUTEL-DGM-2025 indicar si el ICE permitirá el tránsito de un cliente OMV conectado de la red 5G de RACSA hacia las redes 3G/4G del ICE para permitir la continuidad del servicio, en caso de que salga del área de cobertura 5G. A su vez, la entidad reguladora pidió detallar el flujo para estas comunicaciones entre las partes.
A lo que Radiográfica, mediante el oficio 18 de marzo de 2025 GG-447-2025, respondió que "en el caso de que un cliente del ICE se salga de la cobertura de la red 5G de RACSA, el terminal móvil realiza el procedimiento de conexión con la red del ICE, ya sea esta la red 4G o la red 3G".
Finalmente, la SUTEL aprobó el acuerdo de acceso e interconexión que permitirá al ICE el uso indirecto de las frecuencias de RACSA sin mayores restricciones.
La SUTEL, en el informe técnico jurídico 1085-SUTEL-DGM-2011, elaborado por la Dirección General de Mercados, define que "un operador móvil virtual u "OMV" (en inglés, Mobile Virtual Network Operator o MVNO) es un operador que presta servicios de telefonía móvil a usuarios finales sin contar con una concesión de frecuencias del espectro radioeléctrico.
El OMV, al no operar una red de radio propia, debe recurrir a la cobertura de red de un operador móvil de red u "OMR", entendido este como el operador que cuenta con la debida concesión para el uso y explotación de espectro radioeléctrico para la prestación de servicios de telecomunicaciones móviles".