A partir de junio rigen cambios en comprobantes electrónicos de Hacienda
Los cambios pueden ser aplicados de manera anticipada el 1 de abril

Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica. Archivo CRH/Con fines ilustrativos
El Colegio de Contadores Públicos (CCPCR) a través de un comunicado de prensa, recuerda a los contribuyentes sobre una nueva versión de comprobantes electrónicos de Hacienda que entrarán a regir a partir de junio.
La nueva versión de los comprobantes 4.4 traerá los siguientes cambios:
- Incluye el campo de "Proveedor de Sistemas" para identificar los sistemas de emisión de comprobantes electrónicos. El proveedor de sistemas debe estar inscrito ante la Administración Tributaria si no es así se realizará una advertencia.
- Agrega el Recibo Electrónico de Pago, que representa el pago de un comprobante a crédito específicamente para servicios prestados al Estado y para las ventas de crédito en Impuesto al Valor Agregado (IVA) hasta 90 días.
- Realiza un ajuste en el campo "Tipo de identificación del emisor" para la factura electrónica de compra, incluyendo los tipos "Extranjero No Domiciliado" y "No Contribuyente".
- Incluye en el campo "Condiciones de la Venta", nuevas opciones, como por ejemplo; "Venta de Mercancía No Nacionalizada".
- Presenta nuevos medios de pago, como el Sinpe Móvil y Plataforma Digital.
- Realiza modificaciones en el campo "Código de la tarifa del IVA", por ejemplo el código 11 Tarifa 0% sin derecho a crédito, que se utilizará únicamente en aquellos casos en los que se registre la transacción de un bien o servicio no sujeto, pero que no otorga derecho a crédito.
- Para las Notas de Crédito y Débito será obligatorio el código CAByS, cuando la misma se encuentre ligada a un comprobante electrónico que contenga código CAByS.
- Inserta unidades de medidas nuevas como el Activo Virtual (Acv), Fanega de café (Fa), Cajuela de café (Cc), entre otros.
- Incluye el campo "Tipo de Transacción", para el caso de transacciones con tratamientos tributarios específicos, según la necesidad de las partes, por ejemplo, se puede indicar el tipo de transacción "Mercancía de autoconsumo exento o gravado".
- Integra nuevas condiciones para los contribuyentes que utilicen el código CAByS de combos/surtidos/paquetes. Es importante recordar que estos códigos se actualizan periódicamente por el Banco Central, por lo cual las empresas deben revisar si ha habido cambios que le afecten.
- El campo "Naturaleza del descuento", es de condición obligatoria con esta nueva versión con más de 9 opciones.
La presidenta de la CCPRC, Dunia Zamora, explicó que los cambios pueden ser aplicados de manera anticipada por los contribuyentes desde el 1 de abril; sin embargo, para junio será obligatorio para todos los usuarios.
Además, instó a los contribuyentes a coordinar con sus proveedores de facturación electrónica e informáticos para garantizar una transición fluida. Asimismo, recomendó revisar los anexos y disposiciones técnicas disponibles en el sistema Administración Tributaria Virtual (ATV).
A su vez, también, la jerarca resaltó las sanciones por el incumplimiento de las nuevas disposiciones como la no emisión de comprobantes electrónicos: Multa de 2 salarios base (₡924,400), errores en la información: Multa del 2% de los ingresos brutos, con un mínimo de 3 salarios base (₡1,386,600) y un máximo de ₡46,200,000 y la reincidencia: Cierre del negocio por 5 días naturales.
Para facilitar la comprensión de estas modificaciones, el Colegio de Contadores Públicos organizará Kioscos Tributarios durante febrero y marzo. Los detalles se anunciarán en las redes sociales de la institución en el momento oportuno.