6 claves para entender la reforma de las pensiones del Poder Judicial
Tope a jubilaciones de lujo y aporte solidario forman parte de los principales cambios

La presidenta de la Corte Suprema de Justicia, Zarela Villanueva, propuso un tope de ¢7,5 millones. (CRH)
Seis propuestas reúnen los principales cambios que los diputados introducirán a las pensiones del Poder Judicial en los próximos meses.
Las reformas las viene trabajando una comisión especial del Congreso, pero tomaron mayor fuerza en los últimos días después de que los magistrados de la Corte Suprema de Justicia defendieron sus pensiones de lujo aunque luego de las críticas dieron marcha atrás, dejando las reformas en la manos de los legisladores.
El proyecto se construye a partir de una propuesta que hicieron 21 gremios del Poder Judicial y tiene como propósito disminuir el impacto de las erogaciones por estas pensiones en las finanzas públicas y dar mayor equidad al régimen.
Los puntos medulares de la iniciativa, de acuerdo con la propuesta inicial y explicaciones de la diputada del Partido Liberación Nacional (PLN) y exministra de Trabajo, Sandra Piszk, son los siguientes:

La diputada Sandra Piszk (izquierda) indicó que están a la espera de estudios actuariales de la UCR. (CRH)
- Tope a las pensiones de lujo. Se propone imponer un techo con el fin de prohibir jubilaciones por montos millonarios y desproporcionadas en comparación con las del resto del sector público. Las organizaciones sindicales plantean un tope de ¢4,7 millones, pero la Corte propuso ¢7,5 millones. Piszk prefiere no adelantar criterio de cuál será el monto que finalmente se acuerde.
- Contribución Solidaria. Las pensiones que superen ese tope tendrían que pagar una contribución entre el 20% y el 50% sobre el exceso.
- Cálculo de la pensión. La propuesta inicial plantea que el cálculo del monto de la jubilación se haga con base en el promedio de 120 salarios.
- Edad de retiro. Se plantea elevar la edad de retiro de 60 a 65 años y no se descarta diferenciarla entre mujeres y hombres (60 y 62 años, respectivamente). En ningún caso la jubilación se podría otorgar antes de los 55 años.
- Condiciones jubilatorias. La iniciativa plantea que sean idénticas para todo el colectivo, en contraposición con la intención de los magistrados de favorecer al personal de confianza.
- Junta Administradora del Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial. Estaría integrada por representantes de la Corte, de los trabajadores y de los jubilados, con el respaldo técnico de profesionales en riesgo de inversión, y tendría como fin especializar y profesionalizar el manejo de los recursos de los trabajadores judiciales.
A la espera
La diputada Piszk aclaró que las principales reformas podrían modificarse cuando los estudios actuariales preparados por la Universidad de Costa Rica (UCR) lleguen a la Comisión Especial de Regímenes de Pensiones de la Asamblea Legislativa.
Sin embargo, dijo que la propuesta va muy adelantada en la comisión y que ya se han analizado varios escenarios.
"Me parece que nuestra obligación es esperar a tener los criterios técnicos y estamos dependiendo un poco de eso", sostuvo.
La legisladora prevé que la propuesta pueda estar lista para dictamen en enero del próximo año y posteriormente sería elevada al plenario legislativo para su discusión y votación.
El régimen de pensiones del Poder Judicial enfrenta dificultades financieras, aunque tiene una reserva cercana a los ¢400 mil millones del aporte obrero, patronal y estatal.