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¿Trabaja este lunes ? Así deberá pagárselo su patrón

El disfrute del feriado se traslada para fomentar la reactivación económica

Por Carlos Mora | 13 de Ago. 2023 | 12:38 pm

(CRHoy.com) Este martes 15 de agosto es el Día de la Madre, sin embargo, el disfrute de este feriado obligatorio se trasladó para este lunes 14 para incentivar la reactivación económica.

Si este lunes usted tiene que trabajar, tome en cuenta como su patrón deberá pagárselo.

Para efectos del reconocimiento salarial, los centros de trabajo que cancelan semanalmente (en actividad no comercial) es decir, que reconocen el salario solo el tiempo efectivamente laborado en ese lapso, deben pagar los días trabajados durante esa semana y agregar un salario sencillo por el día feriado. Si se labora en el feriado, el salario adicional deberá ser doble ese día.

Las empresas cuya modalidad de pago es mensual, quincenal o semanal en actividad comercial, reconocen el salario de todos los días del mes, aunque sean descansos semanales o feriados. En estos casos, deben cancelar el salario completo de la semana, quincena o del mes, incluyendo el feriado.

Si trabajan ese día, deben agregar el salario de un día sencillo para cumplir con el pago doble que establece la ley.

Cuando se trabajan horas extra en este feriado, se deben pagar a tiempo y medio doble, es de decir pago triple.

Por ser un feriado de pago obligatorio, ninguna persona está obligada a trabajar el día feriado a menos que esté de acuerdo con hacerlo. La normativa expresa que todas las personas trabajadoras tienen derecho a disfrutar del feriado, por ese motivo, no se les puede obligar a laborar, únicamente si están de acuerdo.

Si se oponen a trabajar en el feriado, no pueden ser sancionados por esa causa.

Es importante señalar que, aunque la empresa sea nacional, transnacional o internacional, tiene que conceder ese día feriado a todas las personas colaboradoras que trabajan en el país.

Cualquier convenio sobre renuncia del disfrute de los feriados, es absolutamente nulo según el artículo 11 del Código de Trabajo.

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