Sala IV ordena adaptaciones para que reo pueda terminar estudios
UNED tiene tres meses para permitir la matrícula del privado de libertad
(CRHoy.com).-La Sala Constitucional ordenó a la Universidad Estatal a Distancia (UNED) adoptar en los próximos tres meses las medidas necesarias para que un privado de libertad pueda participar en los cursos que requiere para completar sus estudios en el diplomado de Gestión Sostenible de Turismo.
Esto siempre y cuando esos estudios sean compatibles con la naturaleza de la condición de reclusión, según se desprende del "por tanto" de la resolución 13560-2023, emitida el 9 de junio de 2023. En ella, una mayoría del Alto Tribunal declaró parcialmente con lugar el recurso formulado contra la casa de enseñanza superior, así como el Ministerio de Justicia y Paz (MJP).
También se le dispuso al rector Rodrigo Arias Camacho y a la coordinadora del Programa de Atención a Estudiantes Privados de Libertad, Noelia Vega Rodríguez, que al reo se le permita optar por la matrícula correspondiente.
"Se advierte a las autoridades recurridas que de conformidad con el artículo 71 de la Ley de esta Jurisdicción, se impondrá prisión de 3 meses a 2 años, o de 20 a 60 días multa, a quien recibiere una orden que deba cumplir o hacer cumplir, dictada en un recurso de amparo y no la cumpliere o no la hiciere cumplir, siempre que el delito no esté más gravemente penado.
Se condena a la Universidad Estatal a Distancia al pago de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos que sirven de base a esta declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia de lo contencioso administrativo", continúa la parte dispositiva.
El recluso, que ha descontado 16 de los 39 años de prisión que le fueron impuestos, detalló que en su estancia en el Centro de Atención Institucional (CAI) Antonio Bastida de Paz, en Pérez Zeledón, matriculó la carrera y avanzó con el respectivo plan de estudios. Sin embargo, estimó lesionado su derecho a la educación en el tanto que no se le abren las asignaturas que tiene pendientes para concluir.
Si bien el Alto Tribunal reconoció los esfuerzos del centro educativo, este a su vez denotó que aún no se ha definido la forma en la que se adaptará parte de los cursos que le faltan al recurrente para concluir el diplomado.
"Aunado a lo anterior, se aprecia que, el tutelado ingresó a la Universidad Estatal a Distancia en el periodo académico 2015-3 y que a la fecha ya ha cumplido con el 53% de las asignaturas de la carrera efectivamente aprobadas, sin poder en este momento continuar con los demás cursos, pues estos no se encuentran dentro de la oferta específica para estudiantes en privación de libertad, situación que le es imputable a las autoridades de la casa de enseñanza. En ese sentido, considera esta Sala que existen razones para acoger el reclamo del recurrente en contra de la Universidad Estatal a Distancia", indica la sentencia.
Respecto a lo atribuido a la cartera, a pesar de que esta omitió rendir el informe solicitado, se determinó que los hechos indicados no están relacionados directamente con sus competencias y, por ende, se desestimó ese extremo del recurso.
Los magistrados Fernando Cruz Castro y Paul Rueda Leal salvaron el voto y rechazaron de plano el recurso, mientras que Anamari Garro Vargas consignó una nota separada.
