Sala IV ordena nombrar funcionario en CEN-CINAI de Oreamuno
La Sala Constitucional ordenó que en un plazo máximo de 10 días se nombre una persona en la plaza del CEN-CINAI de Oreamuno, para que continúen los servicios que deben brindarse a los menores de edad beneficiarios.
Una persona interpuso un recurso de amparo contra la Dirección Nacional de CEN-CINAI, debido a que el pasado 15 del julio se informó a los padres de familia que a partir del 5 de agosto, los niños solo se presentarían a almorzar, ya que la maestra había obtenido trabajo en otro lugar de trabajo.
Además, les indicaron que no se iba a realizar el nombramiento de nadie más, para continuar con el grupo conformado de aproximadamente 30 niños.
Ante esta noticia, el 26 de julio un grupo de padres se presentaron ante la encargada local del CEN-CINAI, para solicitarle que realizara el nombramiento. Sin embargo, la funcionaria se negó, indicando que no era su competencia.
Luego, el 26 de julio se envió un documento explicando el caso a la Contraloría de Servicios de la Dirección Nacional. La solicitud fue trasladada a la señora Analive Ceciliano, quien realiza las coordinaciones del personal de los CEN-CINAI.
Ceciliano respondió el 31 de julio indicando lo siguiente:
Cuando una plaza queda vacante, se realiza la justificación de la plaza para que esta no sea congelada, acción que se realiza una vez que la persona que ocupaba la plaza deja de laborar, lo que lleva su tiempo, ya que el proceso inicia una vez esté completamente desocupada la plaza, una vez justificada la plaza el trámite queda a cargo de la Dirección Nacional CEN CINAI y de la Dirección General del Servicio Civil, para que se publique el concurso y posterior a este se conforme la terna de participantes y luego poder proceder al proceso de pruebas para su elección. Por lo anterior, el trámite no es rápido y el tiempo que pueda durar no depende de esta Oficina Local.
La Sala IV declaró con lugar el recurso, ordenando a Marianela de los Ángeles Rivas Fallas y María Analive Ceciliano Mora, por su orden directora Nacional y jefa de la Oficina Local de Oreamuno, ambas de los Centro de Educación y de Centros Infantiles de Atención Integral, o a quienes ocupen esos cargos, giren las órdenes pertinentes dentro del ámbito de sus competencias.
Además, se condenó al Estado al pago de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos que sirven de base a esta declaratoria.
