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Sala IV condena al PANI por negar beca a madre adolescente por “falta de presupuesto”

PANI tiene 15 días para resolver la situación a la menor

Por Rachell Matamoros | 1 de Nov. 2024 | 4:24 pm

Patronato Nacional de la Infancia (PANI).

La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia condenó al Patronato Nacional de la Infancia (PANI) por negar una beca a una madre adolescente aduciendo una supuesta falta de presupuesto.

Ante esta situación la joven de 15 años, madre de un bebe de siete meses, interpuso un recurso de amparo donde detalló que cuando estaba embarazada el PANI la llevó a una ONG llamada Posada de Belén, de la cual egresó antes de dar a luz a su hijo.

Asimismo, explica que en su colegio la refirieron al PANI para que le ayudaran con los gastos del bebé; sin embargo, no tuvo respuesta alguna más que no había presupuesto y que su caso estaba cerrado y no se le dio seguimiento alguno por parte del Patronato.

Menciona que, posteriormente, el IMAS la volvió a referir al PANI, pero tampoco obtuvo respuesta. Agrega que una trabajadora social también emitió una referencia a su favor, la cual tramitó desde enero, ante el PANI de San Pablo de Heredia; empero, aún no ha obtenido respuesta alguna.

Asegura que requiere de ayuda económica para poder cubrir los gastos de su colegio y los de su bebé, pues no cuenta con beca alguna y el IMAS solo le da un subsidio familiar a su mamá, quien no trabaja para cuidar al niño, se lee en el recurso.

En el documento, el PANI confirmó a la Sala una falta de presupuesto. De acuerdo con la abogada y coordinadora de la oficina de San Pablo de Heredia, se recibió dos gestiones digitales a favor de la menor, pero señalan que no se pudo ingresar al programa de becas por falta de recursos.

Sostienen que el Patronato Nacional de la Infancia a pesar de no ser una institución de ayuda social cuenta con un programa enfocado en brindar ayuda económica a madres adolescentes que se encuentren estudiando y son de escasos recursos.

Agregan que dicho programa posee una cantidad de 12 cupos asignados a la oficina local de San Pablo, los cuales se encuentran llenos. Refieren que según información remitida el 1 de junio de 2023, por parte de los coordinadores del grupo "Enlaces locales becas AM", se dio la indicación que no se podían realizar más ingresos al programa de becas, por falta de presupuesto, se lee en el documento.

Por esto, los altos magistrados expusieron que es inaceptable el argumento del PANI de no contar con presupuesto y acogió el reclamo de la menor.

"Se ha demostrado plenamente que las autoridades del PANI le condicionaron a la recurrente la valoración social y la resolución de las referencias emitidas por diferentes instituciones públicas que reconocen la necesidad económica de la accionante bajo el inaceptable argumento de no contar con presupuesto. Por consiguiente y, al no existir, en la especie, razones suficientes que hagan variar el criterio establecido por la Sala para este tipo de temas, lo procedente es acoger el amparo", agregaron los magistrados.

La Sala declaró con lugar el recurso y ordenó a la presidenta del PANI que, dentro del plazo máximo de quince días, contado a partir de la notificación de esta sentencia, se valore y se resuelva las referencias emitidas por el Ministerio de Educación Pública y el Área de Salud de San Isidro de la CCSS a favor de la accionante, para su inclusión en el programa de becas.

"Se condena al Patronato Nacional de la Infancia, al pago de costas, daños y perjuicios causados con los hechos que sirven de base a esta declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia del contencioso-administrativo", concluye el por tanto.

Por este tema, el PANI confirmó a crhoy.com que el a atraso inicial se debió a que la mamá es extranjera.

"El atraso inicial se debió a que la mamá es extranjera y tenía documentos vencidos, por lo que se tuvo que coordinar con el banco la apertura de la cuenta", indicó la entidad.

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