Sala Constitucional declaró inadmisible nueva consulta de proyecto para atacar capitales del narco
La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, más conocida como Sala IV, declaró inadmisible la consulta legislativa presentada por un grupo de 21 diputados al proyecto de ley que busca perseguir y atacar los capitales del crimen organizado y el narcotráfico.
Este martes, la Sala IV comunicó que el proyecto presenta vicios de procedimiento y de fondo. Además, señaló que los artículos 20 bis, 20 ter y 22 bis violan los principios constitucionales del debido proceso, la defensa adecuada, la seguridad jurídica, la proporcionalidad y la razonabilidad.
Este plan ya había sido previamente consultado a la Sala IV por parte de los congresistas.
Tras el análisis de la nueva consulta, los magistrados constataron que el único cambio introducido al proyecto de ley fue la eliminación del inciso a) del artículo 20 ter, justamente en atención al criterio emitido anteriormente.
Los magistrados determinaron que, en lo demás, el proyecto se mantuvo "incólume, sin que se introdujera algún aspecto novedoso".
Para el Tribunal Constitucional, la consulta es inadmisible, ya que anteriormente se había pronunciado sobre las medidas cautelares anticipadas y provisionales, el principio de inocencia, el derecho de defensa, el debido proceso y aspectos como el tema probatorio y la notificación en el domicilio contractual. Además, los diputados no justificaron la existencia de un aspecto novedoso en esta nueva consulta, lo que motivó su inadmisión para no retrasar indebidamente el proceso legislativo y el ejercicio de las competencias constitucionales de la Asamblea Legislativa.
En cuanto al artículo 22 bis, que se refiere al plazo de 24 horas para apelar una medida cautelar anticipada, la Sala destacó que las alegaciones sobre la proporcionalidad y razonabilidad del plazo no están debidamente fundamentadas. No se ha presentado un análisis suficiente y detallado del impacto de esta norma en el contexto del proyecto.
El proyecto de ley busca permitir al Ministerio Público solicitar el congelamiento de capitales sin origen lícito aparente, cuando existan sospechas de que fueron generados a partir de actividades ilícitas.
El objetivo del proyecto es fortalecer la jurisdicción contencioso-administrativa, con el fin de permitir el congelamiento o secuestro de bienes y cuentas bancarias que carezcan de un origen lícito aparente.
La ley establece que solo la Fiscalía podrá solicitar a un juez el congelamiento mediante una medida cautelar anticipada.
