Rodrigo Chaves mintió: Sala IV no liberó a narcotraficante alias “Press”
Sugirió que magistrados constitucionales ordenaron liberación de sujeto, cuando no fue así
El mandatario Rodrigo Chaves Robles mintió y fue impreciso al decir que la Sala Constitucional protegió y dejó libre a Jeison Olivery Alfaro Bustamante, alias Press, un convicto narcotraficante que descuenta fuera de una celda la pena de prisión a la que lo sentenciaron.
La Sala Constitucional nunca ordenó la libertad de alias Press como fue mencionado por Chaves durante su programa televisivo semanal de este miércoles.
Lo que realmente ocurrió, fue que la Sala IV declaró con lugar un recurso de habeas corpus interpuesto por la defensa de Alfaro Bustamente contra el Ministerio de Justicia y el Juzgado de Ejecución de la Pena de Alajuela.
Esto fue lo que dijo Chaves durante su programa televisado semanal:
"Ya no solo son los beneficios económicos, resulta que la Sala IV es la principal defensora de narcos ya no solo confesos sino condenados, como alias "Press". Desde el año 2022 lo soltaron, a pesar de tener una pena larguísima por delitos muy graves, en libertad condicional.
"Eso sí muchacho", le dice el juez que lo soltó, "no vaya a la zona de Limón y del Caribe, que ese es el coto de caza y de criminalidad suyo, no vuelva ahí".
Pero la policía lo agarra con drogas, violando la ley, y ahora la Sala IV defiende a Press y dice que nosotros tenemos que pagarle daños económicos, porque el Ministerio correspondiente quiso verificar si el hombre tenía algunas otras órdenes de captura.
¿Y los policías que arriesgara su vida en capturarlo para que lo suelten y sigan delinquiendo, matando inocentes? Ya no solo no lo meten a la cárcel, sino que lo protegen", exclamó el gobernante.
Lo que dijo Chaves es completamente falso, pues el recurso de habeas presentado por la defensa de alias Press fue fue declarado con lugar solo para efectos indemnizatorios, tal y como imperativamente lo
impone la ley.
La Sala Constitucional emitió un comunicado aclarando que por ley, están obligados a emitir una condena en un caso como este, dado que la orden judicial fue ejecutada varios días después. Pero no quiere decir que el condenado fuera puesto en libertad.
El alto tribunal también aclaró que el Estado no va a tener que pagar sumas millonarias en razón de lo resuelto por la Sala, pues en el hipotético caso de que "Press" recurra a la jurisdicción contenciosa-administrativa, en este tipo de asuntos, en promedio, las condenas no exceden de los ₡300 mil.
Los magistrados además rechazaron otro recurso interpuesto por este sujeto, en el cual alegaba que fue detenido mientras transportaba algunos gramos de aparente picadura de marihuana en compañía de otra persona.
El Juzgado Penal del I Circuito Judicial de Limón, inició una causa penal que se tramita a través de un procedimiento ordinario -y no en la jurisdicción especializada de Flagrancia- en la que se decretó la prisión preventiva de su defendido.
Dicho recurso fue declarado sin lugar por unanimidad mediante voto número 2024-32978, pues no corresponde a la Sala determinar si un proceso penal debe ser tramitado como procedimiento ordinario o de flagrancia, por tratarse de un tema de mera legalidad.
Press, quien desde marzo de 2023 recibió el beneficio carcelario para cumplir una condena por narcotráfico bajo arresto domiciliario con monitoreo electrónico, fue detenido el 7 de octubre de 2024 en el cantón central de Limón por irrespetar la orden de restricción de permanecer fuera de la zona del Caribe.
Ese día, el narcotraficante Alfaro Bustamante viajaba en un vehículo estilo pick-up junto a otro sujeto cuando fueron interceptados por oficiales de la Fuerza Pública. Dentro del vehículo decomisaron un frasco con marihuana.
Por ese motivo, le impusieron 3 meses de prisión preventiva como medida cautelar, la cual debía cumplir en el centro penal La Reforma, en San Rafael de Alajuela.
Gregorio Briglia, abogado defensor de Press, apeló la decisión y el 8 de noviembre de 2024 se realizó una audiencia donde el Juzgado Penal del I Circuito Judicial de San José determinó ordenar la liberación inmediata, bajo medidas cautelares de Alfaro Bustamante al considerar que no existían los indicios suficientes para vincularlo con el presunto delito de transporte de droga para la venta.
Press no fue puesto en libertad de manera inmediata sino días después. Por eso, el 10 de noviembre de 2024, el abogado Briglia presentó el recurso de habeas corpus contra la Justicia y un Juzgado del propio Poder Judicial, que fue el que la Sala IV declaró con lugar.
Este proceso se retrasó debido a una inadecuada coordinación entre instituciones para establecer si contra Alfaro Bustamante existía alguna otra condena pendiente. La liberación tardó 4 días en concretarse.

