Proyecto multa hasta con ¢3.2 millones a quien niegue el acceso a un perro guía
Diputados discuten iniciativa que dejó presentada la exdiputada María José Corrales
(CRHoy.com) Los diputados que integran la Comisión de Discapacidad y Adulto Mayor del Congreso analizan el expediente 22.955 una iniciativa que busca regular el uso, deambulación y acceso de perros guía para personas ciegas.
El plan fue presentado por la exdiputada del Partido Liberación Nacional (PLN), Maria José Corrales, y establece además una sanción económica de 1 a 7 salarios base cuando una persona física o jurídica impida el acceso, permanencia o movilización de personas ciegas o con discapacidad con perros guía o de asistencia a instituciones, organizaciones, medios de transporte público en cualquiera de sus modalidades.
Es decir, se aplicaría una multa entre ¢462.200 y hasta ¢3.2 millones.
El proyecto busca que las personas ciegas que utilicen estos animales para su movilización tengan libre acceso a lugares públicos y privados.
Es decir, sin restricción podrán ingresar a locales y establecimientos, centros comerciales, centros de enseñanza, centros sanitarios, iglesias, oficinas, todo tipo de transporte público, hoteles, estadios, teatros, y en general cualquier otro lugar, local o establecimiento de uso público o de atención al público.
Piden revisión
La comisión recibió en audiencia a los representantes de la Fundación Animalium, quienes son especialistas en el manejo de los diversos trabajos que realizan estos animales.
Según explicó su presidente Anthony Vado, el proyecto debe revisarse y adecuarse, ya que no establece las diferencias entre la labor de un perro de asistencia y un perro de terapia, por ejemplo.
El especialista indicó que lo primero que se debe clarificar es que existen una gran cantidad de perros que se utilizan para diferentes servicios a la humanidad, están los de asistencia, apoyo emocional, terapia, trabajo deportivo, detección, pastoreo, seguridad y vigilancia, defensa y ataque, cacería, arrastre o transporte y muchos más.
En el caso de los perros de asistencia, están cubiertos por las Actas de Derechos Humanos, así como varios protocolos internacionales y leyes para manejarse en espacios públicos y privados de uso público.
Recomendó que se haga una revisión exhaustiva de todo el expediente en trámite, tomando en cuenta al Servicio Nacional de Salud Animal (Senasa) y los lineamientos de la Organización Mundial de Comercio (OMC), por cuanto hay una serie de aspectos que se deben tener en cuenta, como es el caso de algunas enfermedades, que podrían dar al traste con la importación de estos perros.
Detalló que en el caso de los perros de asistencia existe un documento general del Reino Unido denominado Guide Dog and Service Dog Act, que definió, en los años 90 ‘s, todo lo referido a un perro de asistencia.
Sobre la Ley de Bienestar Animal, dijo que solamente se menciona, en el artículo 6, el trato a los animales de trabajo, específicamente para carga en las granjas, y no hay nada sobre los perros de asistencia o alguna otra función para los humanos.
"En la ley 7.600, en el artículo 176 cuando se habla de animales de asistencia, la terminología no está lo mejor usada y se presta para confusión, porque no hay una buena definición en muchas cosas, los animales de asistencia, como tal no existen, lo que existen son perros de asistencia, animales de terapia si y animales de apoyo emocional también, pero en cuanto a asistencia de solo perros, es muy distinto", afirmó.
Al no haber definiciones técnicas profesionales, el especialista teme que esto genere huecos legales en la legislación y sea aprovechado por terceros para querer entrenar perros sin contar con el conocimiento, generando un riesgo a la salud pública.
