Colegio investiga presunto ejercicio ilegal en dirección administrativa del MOPT
Denuncia ante Colegio de Ciencias Económicas alega incumplimientos en requisitos para ocupar puesto
(CRHoy.com). El Colegio de Ciencias Económicas de Costa Rica (CCCE) abrió una investigación contra Ana Paola Rojas Chacón, directora de la División Administrativa a.i. del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT), para esclarecer un posible ejercicio ilegal de la profesión.
La organización gremial abrió la pesquisa tras recibir una denuncia que advirtió que Rojas, quien es abogada, asumió el cargo a inicios de este año. Según la queja, al asumir el cargo una abogada, existiría un aparente ejercicio ilegal de la profesión, contraviniendo lo dispuesto en la Ley Orgánica del CCE.
Rojas es funcionaria de planta del MOPT desde 2002. Desde entonces ha desempeñado distintos cargos, el más reciente consistió en ser la asesora legal de la viceministra Administrativa, Ángela Mata Montero, quien en mayo pasado fue designada en el puesto por el ministro Luis Amador Jiménez.
Antes de fungir como asesora del despacho de Mata, la abogada Rojas Chacón se desempeñó como funcionaria del departamento del proceso de accidentes de la cartera.
La denuncia planteada ante la Fiscalía del CCE insiste en que el cargo de la División Administrativa del MOPT debe ser ejercido por un funcionario colegiado ante ese ente, pues se requiere experticia en temas económicos, administrativos y financieros.
"Se puede confirmar la apertura del expediente CCE-FI-D-004-2023 a la señora Ana Paola Rojas Chacón, en el cual la Fiscalía del CCE investiga el nombramiento y ejercicio en un puesto de ciencias económicas. Por estar en etapa de investigación, no es posible referirse al fondo del asunto, pero sí se puede confirmar que este expediente se mantiene en trámite.
"La Fiscalía recuerda que para ejercer un puesto de ciencias económicas se debe de estar debidamente colegiada, ya que los colegios profesionales tutelan el interés público de un servicio de calidad a la sociedad y también deben ofrecer las herramientas para que las personas colegiadas puedan ejercer el cargo de la mejor manera", detalló José Francisco Matamoros, fiscal del CCE.
Rojas Chacón, de 46 años, aparece colegiada desde el 28 de mayo de 2001 ante el Colegio de Abogados de Costa Rica.
Viceministra: "nombramiento no fue a dedo"
CRHoy.com remitió una serie de consultas sobre el nombramiento a la viceministra Ángela Mata Montero, quien negó que existan anomalías en la designación y detalló que no es cierto que el puesto sea "exclusivo" para alguien ligado a las ciencias económicas.
¿Por qué nombraron a una abogada en un puesto que es a fin a ciencias económicas?
En primera instancia, es importante señalar que, no es cierto que el puesto es afín exclusivamente a las ciencias económicas, así como tampoco es cierto que puede ser ocupado solamente por un funcionario que ostente un puesto a fin a las ciencias económicas, ya que no tiene definida ninguna especialidad al tratarse de un puesto gerencial, ni tampoco existe ninguna indicación por parte de la Dirección General del Servicio Civil que señale que el mismo es exclusivamente para un profesional en ciencias económicas.
En ese mismo sentido, de previo a nombrar a la licenciada Rojas Chacón en el referido cargo, el despacho del Viceministerio Administrativo y de Gestión Estratégica se dio a la tarea de solicitarle criterio a la Dirección General del Servicio Civil, con la finalidad de que se pronunciara si un abogado podía ser nombrado en el mismo, razón por la cual, a través del oficio No. AGRH-OF-206-2022 del 22 de noviembre de 2022, suscrito por el señor Rómulo Alexis Castro Víquez, Director del Área de Gestión de Recursos Humanos de la Dirección General de Servicio Civil, se indicó que: "
Efectivamente, la clase del puesto que nos ocupa, al no tener Grupo de Especialidad que lo asocie a grupo de especialidad alguna; da una flexibilidad amplia en la determinación de la formación profesional de la persona que la administración desee ubicar, esto en función del interés público, pero limitada –esencialmente- por la naturaleza propia de las actividades que conforman las dependencias donde se ejerce el cargo y las normas que regulan dicho accionar."
Es decir, es a la Administración, en este caso, al MOPT, a quién le corresponde, de acuerdo a sus necesidades, determinar cuál es el profesional apto para ocupar dicho puesto.
¿Puede confirmar si la señora está incorporada al CCEE?
Tal y como se expuso, la servidora Rojas Chacón al ser abogada se encuentra debidamente colegiada al Colegio de Abogados. Es decir, al colegio profesional al que le corresponde y además está al día con su colegiatura.
¿Cuáles son los requisitos legales y técnicos para ocupar ese puesto?
De acuerdo con el Manual de puestos de la Dirección General del Servicio Civil, que se puede visualizar en la página web, son los siguientes:
Requisitos Técnicos:
En Funciones:
-Diez años en experiencia en labores profesionales relacionadas con la clase de puesto, cargo o formación profesional.
En Supervisión de Personal:
-Cinco años de experiencia en supervisión de personal profesional de los cuales tres años debe haber sido adquirida en Instituciones del Sector Público (pueden ser parte de los años requeridos en la experiencia en funciones).
Requisitos Legales:
-Incorporación al Colegio Profesional que regula el ejercicio de la profesión, siempre que la Ley Orgánica del mismo así lo establezca y considerando el grado académico que esta exprese para dicho ejercicio.
-Cumplir con otros los requisitos especiales y legales, tales como permisos, licencias y/o autorizaciones que demande el desempeño de las actividades encomendadas, según cada caso particular, conforme el cargo respectivo y lo regulado por la normativa vigente.
-Declaración de bienes y rendición de la garantía o póliza de fidelidad cuando por ley así se indique para el ejercicio del puesto o cargo."
¿Cuál es la experiencia que tiene la señora Rojas en manejo de personal?
De acuerdo a las certificaciones que se adjuntan, se demuestra que la licenciada Paola Rojas Chacón fue Jefe en el Departamento de Contrataciones de la Proveeduría Institucional y en la Asesoría Legal del MOPT se destacó tanto como Abogada como revisadora de varios Profesionales en Derecho, hechos que se describen en las certificaciones mencionadas y que se confirman de acuerdo a lo señalado en el oficio No. 2014-0675 del 09 de setiembre del 2014, suscrito por la Licenciada Herminia Mayela Montero Montero, Jefa del Departamento de Producción, Imágenes y Diseño de la Dirección de Informática del MOPT, mediante el cual se consignó que en el sistema de flujo de documentación de la Asesoría Legal del MOPT, la licenciada. Paola Rojas Chacón tenía el perfil (funciones) de abogada, administradora del sistema y revisadora de casos.
¿No consideran que este nombramiento a dedo crearía un posible conflicto de interés al ser ella la esposa del director del Tribunal Administrativo de Transporte (Ronald Muñoz Corea) y al haber sido hasta hace pocos días asesora de Ángela Mata, la Viceministra Administrativa?
Según lo señalado anteriormente, queda manifiesto que no se trata de un nombramiento que propicie un conflicto de intereses, además, al ser el Tribunal Administrativo de Transporte un órgano con desconcentración máxima de este Ministerio (materia de transporte público), no guarda, por ende, ninguna relación con las funciones que tiene asignadas la División Administrativa de esta Institución, en la que se designó a la licenciada Paola Rojas Chacón, incluso dicho Tribunal se ubica en Zapote, por lo que evidentemente nunca puede presentarse en este caso la figura del conflicto de interés.
Es importante destacar el hecho de que la licenciada Paola Rojas Chacón ha tenido una carrera administrativa consolidada, ya que, ingresó al MOPT desde el año 2002, es decir, ha laborado para el ministerio de forma continua por casi 21 años y durante ese lapso de tiempo nunca ha tenido ningún tipo de sanción, lo que evidencia que su nombramiento no fue a "dedo", como se cuestiona.
Tampoco debe malinterpretarse el hecho de que, si un funcionario labora como asesor en uno de los Despachos superiores, se encuentra imposibilitado para ser luego nombrado en un puesto vacante dentro del ministerio, tal y como sucedió en el presente caso, ya que, ese razonamiento violentaría el principio de igual, legalidad y la carrera administrativa.
Por último, se aclara que el nombramiento que se le hizo a la licenciada Paola Rojas Chacón en el cargo de directora a.i. de la División Administrativa, es de carácter temporal, ya que, debe de llevarse a cabo el concurso respectivo de la plaza y dicha funcionaria lo ha asumido con su mismo puesto, por lo que no se ha generado ningún incremento salarial al respecto.
El Artículo 323 del Código Procesal Penal de Costa Rica establece que "será reprimido con prisión de tres meses a dos años, el que ejerciere una profesión para la que se requiere una habilitación especial sin haber obtenido la autorización correspondiente".

