Investigan pleito entre juez y fiscal por caso de legitimación de capitales
Resolución de juzgador ordenó devolver dinero a imputado por legitimación de capitales
(CRHoy.com).- El Tribunal de la Inspección Judicial deberá hacerse cargo de los señalamientos que se hicieron un juez y un fiscal de Limón, por una resolución que dictó el primero en un caso de legitimación de capitales y por lo cual el segundo le dijo que el fallo evidenciaba su desconocimiento de la Ley Contra la Delincuencia Organizada.
El juez aludido envió un documento explicando al Consejo Superior del Poder Judicial lo sucedido. Así se establece en el acta 069-2022.
El caso penal, por el que se produjeron los señalamientos, es el 20-001183-0472-PE por el delito de Legitimación de Capitales, que se seguía contra un hombre de apellidos Zamora Vallejos. Según el juez, la Fiscalía solicitó el sobreseimiento definitivo de la causa, la cual se dictó el 20 de abril del 2022.
Además del sobreseimiento definitivo, el juez explicó que a favor de Zamora Vallejos se dispuso la devolución del dinero decomisado, basándose en el numeral 200 del Código Procesal Penal que establece que "será obligación de las autoridades, devolver a las personas autorizadas para poseer, los objetos secuestrados que no estén sujetos a comiso, restitución o embargo, inmediatamente después de realizadas las diligencias para las cuales se obtuvieron.(…)".
El juez también señala que la resolución fue notificada al Ministerio Público el 20 de abril del 2022 y la cual no fue recurrida, adquiriendo firmeza el 26 de abril del 2022.
Sin embargo, el 9 de mayo del 2022 la Fiscalía, en un escrito, le indicó al juez que existía contra Zamora Vallejos un proceso por capitales emergentes en el Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda.
El juez le explicó al Consejo Superior que lo actuado por el Fiscal es una interferencia en el ejercicio de sus funciones como juez y que atenta contra la independencia judicial. "Los jueces son independientes de todos los miembros de los poderes del Estado. Por ningún motivo, los otros órganos del Estado podrán arrogarse el juzgamiento de las causas, ni la reapertura de las terminadas por decisión firme; tampoco podrán interferir en el desarrollo del procedimiento. Deberán cumplir y hacer cumplir lo dispuesto por los jueces, conforme a lo resuelto", señaló el juez al Consejo Superior.
Pese a que el juez solicitó que se declarara por parte de los miembros del Consejo Superior que había existido una interferencia por parte del fiscal y que se tomaran las medidas que consideraran necesarias, el Consejo resolvió que el caso debía trasladarse al Tribunal de la Inspección Judicial "para que lleve a cabo el debido proceso de investigación, como órgano competente".
