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Ordenan devolver empleo a doméstica aunque avisó de embarazo después de despido

Según lo establece el artículo 19 del Código de Trabajo

Por Andrey Villegas | 12 de Ago. 2023 | 3:58 pm

(CRHoy.com) La Sala Segunda analizó un proceso especial de protección, luego de que una trabajadora doméstica fuera despedida de su empleo a pesar de que dio a conocer a su empleador, momentos después, que se encontraba embarazada.

Según menciona, hizo entrega a su patrona del resultado clínico correspondiente a la prueba del estado de embarazo, por lo que ella solicitaba la nulidad de su despido y el pago de los salarios dejados de percibir.

"(…) a la luz del principio de buena fe, es que sí, la parte patronal, incluso después de gestionar el despido, tiene conocimiento del estado de embarazo, en un espacio temporal corto, prudencial y razonable, conforme al artículo 19 del Código de Trabajo, deberá suspender el cese e iniciar el procedimiento correspondiente, ante la Dirección Nacional y la Inspección General de Trabajo, para demostrar las faltas atribuidas a la mujer embarazada", indicó la Sala.

Artículo 19. Código de Trabajo. El contrato de trabajo obliga tanto a lo que se expresa en él, como a las consecuencias que del mismo se deriven según la buena fe, la equidad, el uso, la costumbre o la ley.

La Sala Segundo dio la razón a la trabajadora doméstica y confirmó la declaración de nulidad del acto de despido por violación al fuero especial que tutela a la actora.

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